El Gobierno extendió el estado de emergencia por 30 días más. La medida regirá a partir del martes 1 hasta el miércoles 30 de junio. (Foto: José Caja/ GEC)
El Gobierno extendió el estado de emergencia por 30 días más. La medida regirá a partir del martes 1 hasta el miércoles 30 de junio. (Foto: José Caja/ GEC)
/ NUCLEO-FOTOGRAFIA > JOSE CAJA
Redacción EC

Ante el avance constante de la pandemia de en el Perú, el Gobierno ha determinado que se extenderá el a nivel nacional. Es así que mediante el se ha extendido desde el martes 1 hasta el miércoles 30 de junio del presente año.

MIRA: Vacunación COVID-19: ¿Cuándo serán inmunizadas las personas mayores de 50 años?

Según la norma publicada en el diario oficial El Peruano, durante el periodo mencionado queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio nacional.

Además, desde el 31 de mayo hasta el 20 de junio rige una nueva clasificación de provincias en relación al nivel de alerta de contagio del COVID-19. Como se recuerda, el marco normativo maneja los niveles: extremo, muy alto y alto. Según informó el Gobierno, 16 provincias pasan a nivel de riesgo extremo.

MIRA: Día del Padre 2021: ¿Cuándo se celebrará y qué restricciones habrá en el Perú en esa fecha?

¿Qué provincias tienen nivel de alerta “extremo”?

  • Aymaraes (Apurímac)
  • Caylloma e Islay (Arequipa)
  • Lucanas y Parinacochas (Ayacucho)
  • Chota y San Ignacio (Cajamarca)
  • Canchis (Cusco)
  • Chepén y Otuzco (La Libertad)
  • Tambopata (Madre de Dios)
  • Morropón (Piura)
  • Melgar, San Román y Yunguyo (Puno)
  • Moyobamba (San Martín)
MIRA: Turismo de vacunas: direcciones, sitios web de utilidad y consejos para antes, durante y después de recibir las dosis en EE.UU.

Durante este periodo, el en las provincias con nivel de alerta “extremo” está programado de la siguiente forma, según la norma:

  • De lunes a sábado desde las 21:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.
  • Los domingos desde las 4:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.

Durante la inmovilización social obligatoria se permite que las farmacias y boticas puedan brindar atención de acuerdo a la norma de la materia”, detalla el decreto legislativo.

Cabe recordar que para el 20 de junio, Día del padre, hay una disposición especial bajo la cual se ha determinado que se procederá a mantener la inmovilización social obligatoria durante las 24 horas de esa fecha a nivel nacional.

VIDEO RECOMENDADO

¿Qué sabemos de la variante C37 del SARS-CoV-2?
La variante C.37 no solo se ha detectado en el Perú y en Chile, sino también en otros países.

TE PUEDE INTERESAR

Contenido sugerido

Contenido GEC