Los derechos de la ciudadanía peruana muchas veces se han visto vulnerados por la intervención de los denominados agentes de seguridad situados en la entrada de un supermercado, centro comercial o tienda por departamento como Ripley, entre otros. Dicha situación provoca malestar en las personas que por cierto protocolo, acceden a abrir sus mochilas, carteras y/o pertenencias para que sean revisadas al salir del establecimiento, pero desconociendo que solo existe una razón por la cual la ley admite una eventual inspección. Te contamos cuál es según el Poder Judicial (PJ) e Indecopi, y cómo debes reaccionar si te ocurre.
¿CUÁL ES LA ÚNICA RAZÓN SEGÚN LEY QUE FACULTA A SUPERMERCADOS Y TIENDAS POR DEPARTAMENTO LA REVISIÓN DE MOCHILAS O PERTENENCIAS?
Nuestra visita a un supermercado, tienda por departamento o centro comercial ubicado dentro de Perú, debería resultar acogedora, pero en algunas ocasiones las salidas más que los ingresos, representan momentos de incomodidad producto de la revisión de pertenencias de las que podemos ser objeto a solicitud de agentes de seguridad.
Las mochilas que llevamos sobre los hombros tienden a convertirse en los protagonistas de una inspección muchas veces injustificada, y realizada por simple protocolo ante la posibilidad de que pueda suscitarse un robo, por ejemplo.
Ante este tipo de situación que ocurre comúnmente en grandes establecimientos comerciales, el PJ se pronuncia indicando puntualmente que la única razón por la cual los agentes de seguridad de un supermercado pueden solicitarte que abras tu mochila para revisarla, está vinculada a un motivo justificado, es decir, identificación de hurto mediante cámaras, sonido de sensores en puerta de salida, entre otras circunstancias asociadas al delito de infringir la norma.
De acuerdo a la información estatal compartida, Indecopi también establece que las políticas internas de una empresa no pueden pasar por encima de los derechos ni principios que dicta la Constitución Política del Perú, teniendo así la ciudadanía potestad para reclamar o negarse a la inspección requerida y dispuesta por la tienda por departamento o supermercado visitado.
Si no te justifican e insisten ni te brindan el porqué de revisarte las pertenencias cuando estás retirándote del establecimiento, puedes elevar tu queja a través del libro de reclamaciones para formalizarla y hacer valer las razones que fundamentan la negativa como tal.
¿DEBES MOSTRARLE TU DNI A UN CAJERO DE SUPERMERCADO QUE TE LO SOLICITA? ESTO REVELA ASPEC
En tiempos de festividad, los peruanos suelen acudir masivamente a centros comerciales, tiendas por departamento, y mayormente abarrotar los supermercados a fin de comprar los productos necesarios para, por ejemplo, la cena navideña, pero cuando termina tu recorrido por los pasillos del establecimiento y te diriges a pagar, el pedido de DNI no se hace esperar a través de solicitudes realizadas por cajeros de turno.
Ante la práctica de este acto, surge la incógnita sobre la reacción o la respuesta que deberíamos tener si ocurre el hecho realizando el pago en efectivo, y por lo cual Aspec mediante su presidente, Crisólogo Cáceres, establece que dicho requerimiento constituye una acción ilegal siempre y cuando la transacción tuviera ciertas características enmarcadas en leyes como el Reglamento de Comprobantes de Pago que figura vigente desde 1999.
Cabe resaltar, que asimismo, y coincidentemente, el director general de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh), Eduardo Luna, declaró en exclusiva para el Diario Oficial El Peruano, que la digitalización, el comercio electrónico, las plataformas sociales y la velocidad de la información que se transmite por Internet, obligan a que el ciudadano de a pie tenga mayor cuidado y evite brindar su consentimiento para mencionar número, mostrar o entregar el DNI.
“Cuando acudimos a cualquier farmacia o a un supermercado nos piden nuestro DNI, lo entregamos gratuitamente y no sabemos con qué propósito”, puntualizó el funcionario del Minjusdh, exhortando a la ciudadanía a ser cuidadosos, cautelosos, y precavidos al momento de facilitar la valiosa cédula física o brindar el número como tal porque los datos consignados podrían utilizarse para actividades o fines delictivos.
¿CUÁLES SON LOS MOTIVOS POR LOS CUALES UN CAJERO DE SUPERMERCADO PUEDE PEDIRLE DNI A UN CLIENTE?
Los usuarios de tiendas por departamento o supermercados, alguna vez han sido objeto de la práctica que consiste en el pedido expreso de un cajero con la finalidad de que el cliente de turno termine brindándole su número o entregue el mismo DNI durante una transacción, y éste muy amablemente acceda a la solicitud sin pensar en los diversos motivos y/o consecuencias del mismo según Aspec.
Con respecto a esta disyuntiva, la institución civil presidida por Crisólogo Cáceres, informa que las empresas, en esos segundos o minutos que se efectúa la compra-venta, y sin tu autorización, pueden llegar a utilizar el documento físico o los propios dígitos para “trazar perfiles de consumidor, ya que con esta información van a saber qué ropa compras, qué calzado prefieres, la frecuencia con la que realizas tus consumos” e incluso determinar rápidamente cuánto ganas mensualmente.
Sin embargo, hay que resaltar que la práctica muy común en este tipo de establecimientos de comercio masivo, dejaría de ser ilegal, y pasaría a volverse necesaria, si es que al momento de efectuar la transacción, el monto supera los S/700.