El JNE habilitó un portal virtual para facilitar la presentación de justificaciones y dispensas en caso se haya faltado a las Elecciones 2021. (Imagen: JNE)
El JNE habilitó un portal virtual para facilitar la presentación de justificaciones y dispensas en caso se haya faltado a las Elecciones 2021. (Imagen: JNE)
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Redacción EC

El pasado domingo 6 de junio se celebraron las , en la que los peruanos eligieron a los representantes que ocuparán la presidencia de la República. A pesar de que sufragar es un deber cívico, algunas personas no han podido acudir a las urnas. Estos ciudadanos podrán tramitar la dispensa o justificación del pago de multas electorales desde hoy, lunes 7 de junio.

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Para ello, el habilitó una que permite ejecutar el trámite de dispensa electoral y presentar justificaciones de . Este servicio funciona desde el día siguiente de las elecciones durante las 24 horas y durante toda la semana. Las solicitudes registradas serán respondidas en un plazo límite de 48 horas.

Cabe destacar que la justificación se presenta en caso de no haber cumplido con el rol asignado como miembro de mesa. En cambio, la dispensa se presenta cuando el ciudadano no pudo acudir a votar.

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¿Cómo solicitar la dispensa para no pagar multa?

Desde un día después de la segunda vuelta de las Elecciones 2021 que se celebraron el 6 de junio, ya se puede verificar la multa en el portal del JNE para procesar la dispensa correspondiente. De acuerdo a la legislación electoral vigente, un ciudadano puede exigir la dispensa de la multa por no haber ido a ejercer su deber cívico por:

  • Motivos de salud.
  • Viajes al extranjero por estudios o salud.
  • Desastres naturales.
  • Robo o pérdida del DNI.
  • Fallecimiento de familiar directo.
  • Discapacidad física, mental, sensorial y/o intelectual.
  • Encontrarse en prisión.
  • Función electoral.
  • Error en el padrón electoral.

Además, en estas votaciones, por darse durante una época de pandemia, el JNE incluyó a todas las personas consideradas de riesgo por el . Igualmente ha dispuesto que quienes cumplan algunas de las siguientes pautas podrán acceder al trámite gratuito:

  • Quienes hayan sido impedidos de ingresar al local de votación por presentar temperaturas superiores a los 37,5°C.
  • Mayores de 65 años de edad.
  • Ciudadanos comprendidos dentro de los grupos de riesgo ante el COVID-19.
  • Personas que hayan sido diagnosticadas con COVID-19 los días previos al 6 de junio. En caso de que el paciente contara con un tiempo de recuperación mayor a los 14 días señalados por el Minsa, se validará su alta epidemiológica.
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¿Qué personas son consideradas de riesgo?

Los grupos de riesgo, establecidos por la Autoridad Nacional Sanitaria, están formados por los adultos mayores de 65 años y quienes sufren de enfermedades cardiovasculares graves, pulmonares crónicas, hipertensión arterial no controlada, diabetes, cáncer, entre otros.

Asimismo, también se incluye a quienes, al presentar una temperatura superior a 37,5 grados, no estuvieron en condiciones de salud de ingresar a los centros de votación. Sus nombres fueron registrados por el personal de la ONPE.

¿Cómo se inscribe una dispensa ante el JNE?

  1. Ingresa a
  2. Rellena los campos que requieren los datos de tu DNI: número, código de ubigeo y grupo de votación.
  3. Completa la información que el sistema te solicitará y adjunta todos los documentos sustentatorios escaneados y en formato PDF o imagen.

Por último, es vital que se ingrese el recibo de pago por derecho de trámite. Este pago puede cancelarse mediante el sistema del Banco de la Nación, utilizando el código 01465.

¿Cuáles son los montos de las multas electorales?

Las multas electorales están clasificadas según la Ley N°28859, de la siguiente forma:

  • S/88.00: si no acudes a votar y vives en un distrito clasificado como ‘No Pobre’ por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).
  • S/44.00: si no votas y vives en un distrito clasificado como ‘Pobre’ por el INEI.
  • S/22.00: si no votas y vives en un distrito clasificado como ‘Pobre extremo’ por el INEI.
  • S/220.00: por no cumplir la función de miembro de mesa.
  • S/220.00: por negarte a conformar la mesa electoral.

El monto de las multas electorales por no votar difieren según tu clasificación como persona No Pobre, Pobre o Pobre Extremo. Tu pertenencia a cualquiera de estos grupos, según tu distrito de residencia se realiza a través del distrito que aparece en tu DNI.

Hasta que no pagues la multa por no ir a votar, hay ciertas sanciones que debes conocer:

  • No podrás inscribir cualquier acto relacionado con tu estado civil (matrimonio, divorcio, viudez, etc.).
  • No podrás intervenir en procesos judiciales o administrativos.
  • No podrás realizar actos notariales ni firmar ningún tipo de contrato.
  • No podrás ser nombrado funcionario público.
  • No podrás inscribirte en cualquier programa social y/o obtener brevete.

En caso que no pagues tu multa, el JNE puede iniciar un proceso de cobranza coactiva. Esto quiere decir que en este proceso se podrían embargar tus cuentas bancarias y otros bienes.

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