¿En el inicio del año escolar 2024, los colegios pueden prohibir el acceso a los alumnos con cabello pintado?. (Foto: gob.pe)
¿En el inicio del año escolar 2024, los colegios pueden prohibir el acceso a los alumnos con cabello pintado?. (Foto: gob.pe)
Redacción EC

Tras casi 3 meses de periodo vacacional regular, más de 6 millones de niños y adolescentes iniciaron oficialmente el 2024 según la fecha determinada y propuesta por el Ministerio de Educación (). A partir de ese instante, los estudiantes de colegios públicos y privados en Perú suelen asistir a clases vestidos con sus respectivos uniformes, y tratando de mantener una disciplina normada institucionalmente, sin embargo, surge la incógnita vinculada al hecho de que alumnos puedan tener el acceso restringido por su apariencia. Conoce todo lo que se sabe al respecto, y si está o no permitido el ingreso de escolares con cabello pintado específicamente.

AÑO ESCOLAR 2024: ¿LOS COLEGIOS PÚBLICOS Y PRIVADOS DEL PERÚ PROHÍBEN EL INGRESO DE ALUMNADO QUE TENGA EL CABELLO PINTADO?

La moda, el uso de accesorios y hasta tatuajes, por ejemplo, poco a poco ha ido ganando terreno en la apariencia física de la juventud que se siente bien consigo misma, pero muchas veces encuentra trabas para desenvolverse con naturalidad, y ahora con el inicio del Año Escolar 2024, el cabello pintado en estudiantes es materia de debate referente a las normas de instituciones educativas.

Cada vez que comienza un nuevo periodo lectivo tras las vacaciones de verano, se filtran detalles vinculados a las prohibiciones establecidas por colegios públicos y privados peruanos, y en esta ocasión puntual acerca del color de mechones o pelo que tengan algunos alumnos.

Al respecto, resulta preciso destacar que el Minedu liderado por Miriam Ponce, actualmente no determina pautas e instrucciones direccionadas hacia el impedimento de ingreso a escolares con cabello pintado, sin embargo, las instituciones estatales a nivel nacional si tienen la facultad de elaborar un reglamento interno que así lo establezca, pero habiéndoselo comunicado previamente a los padres de familia.

En relación al ámbito privado, el caso específico cuenta con similitudes, ya que de acuerdo a información revelada por Mariella Villacorta, representante del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), en atención a La República, los colegios privados del país, también, tienen la potestad de definir los lineamientos relacionados a vestimenta, uniformidad y presentación personal siempre y cuando respeten los derechos fundamentales de los alumnos.

No debe servir de excusa para actos de desigualdad o discriminación”, acotó la especialista de la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, quien además resaltó la importancia de que los padres o tutores legales de los menores de edad, reciban la información oportunamente y conozcan las vigentes normas internas establecidas por la autoridad académica.

Cabe resaltar, que asimismo, y en el marco de la campaña “De vuelta al cole” 2024, Indecopi busca promover que los “colegios particulares cumplan sus obligaciones de informar las condiciones económicas del servicio educativo privado”, y “evitar el direccionamiento de útiles y uniformes escolares”, entre otras obligaciones de cara al nuevo año lectivo.

INDECOPI: LOS CONCEPTOS QUE UN COLEGIO PRIVADO NO PUEDE EXIGIRLE A LOS PADRES DE FAMILIA DURANTE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO EN AÑO ESCOLAR 2024

Anualmente, la búsqueda de colegio, vacantes y matrículas en Perú se convierte en una batalla constante para padres de familia, quienes tienen la responsabilidad de velar por la educación de niños o adolescentes a su cargo y escoger la mejor propuesta regulada por el Minedu, y también el Indecopi que está encargada anualmente de vigilar el cumplimiento de normativas en favor de los estudiantes de escuela privada situada a nivel nacional.

En ese sentido, la guía “” reviste de mucha importancia para prevenir afectaciones a los derechos de los escolares y evitar que las autoridades de instituciones públicas realicen cobros indebidos o actúen de manera intimidante por falta de pago, por ejemplo, ante la proximidad de un nuevo Año Escolar como la de este 2024.

Por ello, y gracias a la información compartida por Indecopi, toma nota sobre las 6 cosas que un colegio privado en Perú no puede hacer a modo de exigencia, requerimiento forzado o impedimento, y que lógicamente el padre de familia debe considerar para proteger el desarrollo educativo del menor de edad:

1- ÚTILES ESCOLARES

El colegio no puede exigir el íntegro de los útiles escolares el primer día de clases ni solicitar materiales que no correspondan a las necesidades de aprendizaje de los estudiantes.

2- CUOTAS EXTRAORDINARIAS

El colegio no puede cobrar dinero excepcional o realizar cobros por cualquier otro concepto distinto a los permitidos, como por ejemplo los relacionados a festividades, bingos, rifas, colectas, entre otros similares.

3- TEXTOS ESCOLARES

El colegio no puede obligar a adquirir nuevos libros a diferencia de los “cuadernos de tarea, trabajo o de actividades”, y debe permitir que los padres, madres, tutores o apoderados participen en el proceso de selección para tal fin.

  • POR INCUMPLIMIENTO DEL PAGO DE PENSIONES

4- El colegio no puede bloquear plataformas de acceso a clases virtuales o presenciales

5- El colegio no puede impedir que tu hijo rinda las evaluaciones que les corresponde

6- El colegio no puede negar el otorgamiento de la libreta de notas

LOS ÚNICOS PAGOS QUE DEBES REALIZAR EN COLEGIOS PRIVADOS SEGÚN INDECOPI

- Cuota de ingreso

  • Se paga por única vez y corresponde solo para estudiantes nuevos

- Matrícula

  • Se paga una vez, al inicio del año, para asegurar la inscripción del estudiante
  • El monto no debe ser mayor al de una pensión mensual

- Pensiones

  • Se pagan mensualmente
  • Está prohibido el cobro por adelantado de dicho concepto

CRONOGRAMA DE AÑO ESCOLAR 2024 APROBADO POR EL MINEDU

El Año Escolar 2024 en Perú representará la temporada y/o periodo de nuevos bloques de semana de gestión y horas lectivas llevadas a cabo tanto en colegios públicos como privados del país, según lo dispuesto por el Minedu y especificado en la con respecto al inicio de clases.

Luego de las merecidas vacaciones gozadas por el alumnado de las más de 50 mil instituciones que operan a nivel nacional, cada niño y adolescente debe retornar a las aulas teniendo en cuenta las fechas relacionadas al desarrollo del servicio educativo cuyo comienzo y final calendarizado es el siguiente:

- INICIO DE CLASES ESCOLARES 2024

  • Lunes 11 de marzo

- FIN DE CLASES ESCOLARES 2024

  • Viernes 20 de diciembre

Cabe resaltar, que el Minedu aprobó también con respecto al Año Escolar 2024, que la organización del cronograma de semanas lectivas figure dividido en bloques por periodo vacacional, tal y como ocurrió el año pasado, pero en esta ocasión considerando que “si el inicio o desarrollo del año lectivo sufre alteraciones por emergencia ocasionada por desastres u otros, las semanas de gestión se organizarán de manera flexible, de acuerdo con la situación de cada IE o programa educativo”.

En ese sentido, el calendario escolar en Perú para el presente periodo, se ejecutará en cada colegio estatal y privado de la siguiente manera a partir del lunes 11 de marzo:

- Primer bloque de semanas de gestión (1 semana)

  • 01/03 al 08/03

- Primer bloque de 9 semanas lectivas

  • 11/03 al 10/05

- Segundo bloque de 10 semanas lectivas

  • Del 13/05 al 19/07

- Segundo bloque de semanas de gestión (2 semanas)

  • 22/07 al 02/08

- Tercer bloque de 10 semanas lectivas

  • 05/08 al 11/10

- Cuarto bloque de 10 semanas lectivas

  • 14/10 al 20/12

- Tercer bloque de semanas de gestión (1 semana)

  • 23/12 al 27/12

Según la organización determinada y plasmada en la Resolución Ministerial N° 587, toda semana de gestión aprobada por el Minedu con miras al Año Escolar 2024 será utilizada para verificar avances y oportunidades de mejora en virtud a la labor del personal de cada Institución Educativa (IE), teniendo en cuenta que figura asociada técnicamente al cumplimiento de las vacaciones tras el término del primer semestre y luego cuando culminan las clases programadas.

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