En varios países, los feriados son considerados días festivos, establecidos por ley, en los que trabajadores, ya sea del sector público como del sector privado, no laboran y disponen de dicho tiempo libre para organizar viajes cortos o hasta paseos familiares.
En el caso del Perú, además de los feriados marcados en el calendario, el Gobierno del Estado Peruano también ha determinado días no laborables, dirigidos tanto para los trabajadores del sector público como privado, quienes suelen aprovechar estas fechas para realizar diferentes actividades como viajar al interior o exterior del país, tomar un merecido descanso y pasar momentos familiares.
¿POR QUÉ ESTE 8 DE DICIEMBRE SERÁ FERIADO EN PERÚ?
En el Perú, el jueves 8 de diciembre se considera feriado no laborable ya que se celebra el Día de La Inmaculada Concepción de la Santísima Virgen María o también conocida como la Purísima Concepción, pues es una festividad religiosa que se festeja en esa fecha cada año y en diferentes países del continente.
LOS FERIADOS DEL 2022 EN EL PERÚ
Enero
- Sábado 1 de enero: Año Nuevo
Abril
- Jueves 14 de abril: Jueves Santo
- Viernes 15 de abril: Viernes Santo
- Domingo 17 de abril: Domingo de Resurrección
Mayo
- Domingo 1 de mayo: Día Internacional de los Trabajadores (Día del Trabajo)
Junio
- Miércoles 29 de junio: San Pedro y San Pablo
Julio
- Jueves 28 de julio: Fiestas Patrias
- Viernes 29 de julio: Fiestas Patrias
Agosto
- Sábado 6 de agosto: Batalla de Junín
- Martes 30 de agosto: Santa Rosa de Lima
Octubre
- Sábado 8 de octubre: Combate Naval de Angamos
Noviembre
- Martes 1 de noviembre: Día de todos los Santos
Diciembre
- Jueves 8 de diciembre: Inmaculada Concepción
- Viernes 9 de diciembre: Batalla de Ayacucho
- Domingo 25 de diciembre: Navidad
¿CUÁNTO SE PAGA POR TRABAJAR EN UN DÍA NO LABORABLE EN EL PERÚ?
En el Perú hay empresas que laboran los siete días de la semana y organizan el trabajo de sus empleados con horarios rotativos. Según con la alerta de HR Legal Lab, este es un descanso remunerado que se goza el mismo día. No obstante, si el trabajador labora ese día, puede compensar con descanso el tiempo trabajado. De tal modo que si el empleado trabaja en feriado y no hay compensación con descanso, la empresa tendrá que pagar el valor del trabajo realizado en el feriado con una sobretasa del 100% de ese valor.
“En este sentido, si trabaja un feriado recibirá lo siguiente: pago de trabajo realizado S/ 100, más pago de sobretasa del 100%, es decir S/ 100. Por ello, si este trabajador trabaja este feriado recibirá S/ 200 adicionales”, señala. “Nótese que el pago del feriado se incluye dentro del sueldo mensual que percibe el trabajador”, dice el laboralista.
En tal sentido, si el trabajador labora la mitad de su jornada, ya sea por 4 horas, tendrá derecho al pago del trabajo realizado por la mitad de la jornada S/ 50 y la sobretasa, que en este caso es S/ 50.