Entérate de todos los aspectos que debes tener en consideración respecto al depósito de la gratificación correspondiente al mes de diciembre 2021 | Foto: Referencial El Comercio
Entérate de todos los aspectos que debes tener en consideración respecto al depósito de la gratificación correspondiente al mes de diciembre 2021 | Foto: Referencial El Comercio
Redacción EC

El miércoles 15 de diciembre es la fecha límite que tienen las empresas del sector privado para hacer efectivo el pago de la de diciembre 2021, también conocida como la gratificación por , importante beneficio económico que equivale a un sueldo completo, siempre que el trabajador haya laborado durante todo el semestre previo al momento en que se otorga este monto.

De acuerdo a la legislación vigente, tienen derecho al pago de la gratificación los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada sea cual fuere la modalidad de su contrato de trabajo.

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También los socios de las cooperativas de trabajadores (Decreto Supremo N° 005-2002-TR) y personal de los demás regímenes laborales especiales según corresponda.

Para ello, Esteban Hilgert, Socio Business Solutions de PKF Vila Naranjo, resuelve todas las interrogantes que surgen sobre este beneficio y brinda algunos consejos de cómo usar este ingreso de la mejor manera.

¿En qué casos no corresponde recibir la gratificación?

El especialista explica que existen casos en que algunos trabajadores no recibirán este beneficio y son aquellos que:

  • Se encuentren sujetos al régimen laboral de la actividad privada que no hayan cumplido con un mes efectivo de labores.
  • Los que brindan servicios bajo modalidades contractuales, como son la locación de servicios, los comisionistas mercantiles, y demás formas civiles o mercantiles, ajenas al derecho laboral.
  • Los trabajadores cuyas empresas se encuentren acogidas al régimen de las microempresas.
  • Los sujetos a algún tipo de convenio regulado por la Ley de Modalidades Formativas Laborales, quienes perciben media subvención mensual, al cumplir seis meses.
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¿Qué se recomienda hacer con el dinero de la gratificación?

Con el dinero de la gratificación, se recomienda, en primer lugar, priorizar necesidades y pagar deudas, sobre todo si estas últimas implican el pago de altas tasas de interés.

En segundo lugar, invertir en depósitos a plazo, fondos mutuos, en algún emprendimiento (previo plan de negocios) o en educación. Como tercera opción, se recomienda ahorrar en alguna entidad financiera.

¿Cómo calcular el monto que me corresponde recibir de gratificación?

El monto de la gratificación ordinaria es equivalente a la remuneración que perciba el trabajador en la oportunidad en que corresponde otorgar el beneficio.

Para los trabajadores con remuneración imprecisa, el monto de las gratificaciones se calculará sobre la base del promedio de la remuneración percibida en los últimos 6 meses anteriores al 15 de julio y al 15 de diciembre, según corresponda.

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¿Cuánto me corresponde recibir de gratificación?

El pago que recibirá el trabajador corresponde a la gratificación determinada más la bonificación extraordinaria del 9% sobre dicho beneficio de acuerdo a la . Sin embargo, para el caso de trabajadores afiliados a una Empresa Prestadora de Salud (EPS), la bonificación extraordinaria no será del 9% si no del 6,75% del monto de la gratificación.

¿A qué tributos y aportaciones está sujeta la gratificación?

Las gratificaciones de Fiestas Patrias y Navidad no se encuentran gravadas con ningún tributo ni aportación (Essalud, SNP, SPP, Senati, Conafovicer) ni por ninguna otra carga contractual (SCTR, seguro de vida ley).

Sin embargo, sí están gravadas con el impuesto a la renta de quinta categoría.

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Dato importante

Recuerda que la gratificación es un beneficio social y se constituye como un derecho que se les otorga a los trabajadores sujetos a algún régimen laboral de la actividad privada. Este beneficio se otorga dos veces al año de manera obligatoria mediante una remuneración adicional y está regulado por la Ley N° 27735.

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