A continuación, te contamos cuál es la fecha límite para que la empresa pueda abonarte tu beneficio económico. (Foto: El Peruano)
A continuación, te contamos cuál es la fecha límite para que la empresa pueda abonarte tu beneficio económico. (Foto: El Peruano)
Redacción EC

En diciembre, no solo llega y , sino que también llega la , un beneficio que corresponde a todos los trabajadores del sector privado, y en estas fechas, significa una gran ayuda económica para cada familia.

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Según indica el régimen laboral, la gratificación de Navidad se debe depositar a los empleados, de parte de las empresas privadas, a más tardar el miércoles 15 de diciembre de este 2021. Los trabajadores sujetos a este régimen, sea cual fuere la modalidad de contrato de trabajo, son los que tienen derecho al pago de la gratificación por Navidad.

De igual manera, los socios de las cooperativas de trabajadores (Decreto Supremo N° 005-2002-TR) y personal de los demás regímenes laborales especiales según corresponda, de acuerdo con el Manual de preguntas frecuentes laborales, elaborado por el (MTPE), según indica el diario oficial .

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Es requisito que el trabajador o trabajadora se encuentre laborando, como mínimo un mes, o se encuentre en descanso vacacional, de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo subsidios de la seguridad social o por accidente de trabajo”, según indica Alicia Jiménez, asociada principal del estudio Philippi Prietocarrizosa Ferrero Du & Uría.

En el caso de los trabajadores que se encuentren bajo la suspensión perfecta de labores, los días dentro de este período no se consideran laborados.

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Cabe resaltar que, el monto de la gratificación de Navidad equivale a un sueldo completo, siempre y cuando el empleado haya laborado durante todo el semestre en la oportunidad que corresponda otorgar el beneficio. De lo contrario, se pagará un sexto de su remuneración por cada mes trabajado.

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