El Ingreso Mínimo Garantizado es un beneficio económico que se entrega en Chile a los trabajadores independientes que logren alcanzar un sueldo líquido de 340.817 pesos.
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Sobre esta ayuda, el Gobierno informó que desde este mes de mayo cada empleador debe postular a los trabajadores para que reciban el subsidio al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG)
INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO: CUÁL ES EL NUEVO PROCEDIMIENTO PARA POSTULAR AL SUBSIDIO
Ahora los empleadores deben postular a sus trabajadores de manera mensual siempre y cuando cumplan con los requisitos para acceder al beneficio económico.
“El empleador debe postular todos los meses a trabajadores en la sección empleadores de ingresominimo.cl, entre el día 1 al 15 de cada mes”, remarcó el Ejecutivo.
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Los requisitos para la postulación mensual de los trabajadores son: tener contrato suscrito al Código del Trabajo, sueldo bruto menor a 452.477, una jornada ordinaria superior a 30 y de hasta 45 horas semanales, y una calificación socioeconómica en el tramo del 90% de acuerdo al Registro Social de Hogares (RSH).
INGRESO MÍNIMO GARANTIZADO: QUÉ PASA SI EL EMPLEADOR NO POSTULA A LOS TRABAJADORES
En caso el empleador tenga dificultades para hacer la postulación de sus trabajadores, tiene la obligación legal de avisar a los mismos para que sean ellos quienes realicen la postulación.
“De no cumplir con la postulación y el aviso, el empleador puede ser sancionado con multas de van desde las 5 a 10 UTM en el caso de las micro y pequeñas empresas; de 20 a 40 UTM en el caso de las mediana empresas; y 30 a 60 unidades para las grandes empresas”, puntualizó el Ministerio de Desarrollo Social.