El Tribunal Constitucional le dio la razón al Poder Ejecutivo y este jueves declaró inconstitucional la Ley 31083, aprobada por el Congreso de la República y que permitía la devolución de aportes a los afiliados del Sistema Nacional de Pensiones.
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Ley de Retiro ONP: ¿Qué pasará ahora?
El próximo lunes (8 de febrero) se publicará la sentencia y la Ley 31083 será expulsada del ordenamiento jurídico. “Eso significa que no cabe devolver la retribución extraordinaria que se prometió a los pensionistas”, dijo Marianella Ledesma, presidenta del TC a El Comercio.
Ahora bien, Waldo Mendoza, ministro de Economía y Finanzas, se pronunció en su cuenta oficial de Twitter tras conocer la decisión del TC y dijo que el Ejecutivo no descuidará este tema.
“Es necesario mejorar la condición de los afiliados de la ONP, pero con propuestas que no solo miren el corto plazo, y que no deterioren la economía del país”, escribió.
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¿Qué propone el ministro? “Estamos retomando la propuesta, presentada antes por el Ejecutivo que, entre otras medidas, permita a los afiliados con menos de 20 años de aportes, tener derecho a una pensión y seguridad social”, explicó.
Ley Retiro ONP: ¿Qué pasaría si en un futuro se plantea nuevamente la devolución?
En comunicación con El Comercio, el socio del estudio Rodríguez Angobaldo, César Abanto, indicó que el concepto de “devolución” ya no puede existir.
“Por lo adelantado por los magistrados, una vez que ingresa el aporte ya no es del afiliado, sino del Tesoro Público”, sostuvo.
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