Redacción EC

La capital del Perú hoy está envuelta en una situación crítica con respecto a la seguridad ciudadana, y producto de ello el sector transporte ha tomado la drástica decisión de paralizar sus actividades. Hoy Lima Norte padece ante la ola de extorsión que a la vez viene produciendo el asesinato de choferes y cobradores de conocidas empresas, hecho alarmante cuyas determinaciones también perjudican los desplazamientos de los trabajadores hacia los centros donde laboran. Al respecto, el Gobierno a través del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) ha emitido pronunciamiento oficial, pidiendo priorizar el , entre otras medidas, ante esta “circunstancia excepcional”.

EL PRONUNCIAMIENTO OFICIAL DE GOBIERNO A TRAVÉS DEL MTPE DONDE EXHORTA A EMPLEADORES A PRIORIZAR EL TELETRABAJO TRAS CRÍTICA SITUACIÓN DEL TRANSPORTE EN LIMA NORTE

A nivel metropolitano, Lima concentra a la mayor cantidad de habitantes del Perú, siendo la zona norte aquella donde actualmente la delincuencia viene ganando terreno a través de la extorsión a empresas que ofrecen servicio de transporte público hoy interrumpido por plantones y anunciado paro cuya decisión le genera dificultades a trabajadores al momento de trasladarse hacia centro de labores, y por lo cual el Gobierno promueve la priorización del denominado home office.

El teletrabajo fue adoptado con mayor auge desde que literalmente se paralizara el mundo a causa de la propagación del COVID-19, y a partir de entonces entidades como el MTPE lo vienen difundiendo e impulsando tal y como ocurrió el lunes 23 de setiembre mediante pronunciamiento oficial emitido por redes sociales.

Dicha cartera ministerial compartió comunicado exponiendo una serie de medidas que los empleadores deben adoptar para atender esta “circunstancia excepcional” vinculada a la paralización del servicio de transporte público en Lima Norte, y con ello salvaguardar la integridad de cada trabajador.

Pasamos a compartirte a continuación el listado de disposiciones sugeridas por el MTPE exhortando así a las empresas privadas y/o públicas de la ciudad con la finalidad de flexibilizar normativas internas basadas en la puntualidad, labor presencial, entre otras difíciles de acatar por la falta de buses y combis sobre todo en tan convulsionada zona capitalina:

1- De conformidad con el artículo 17 de la Ley Nº 31572, los empleadores deben priorizar el teletrabajo a fin de salvaguardar la integridad de los trabajadores.

2- Ante la falta de transporte público, brindar tolerancia de 2 horas para llegar a centro de labores.

3- Compensación de las demoras derivadas por esta paralización de actividades transportistas, adoptando medidas flexibles que permitan el correcto desarrollo de la labor efectuada por el trabajador.

4- Las horas de tolerancia estarán sujetas a retribución acordada con empleador, y por ende no deben considerarse como tardanza injustificada causal de sanciones disciplinarias.

Cabe resaltar en relación a la crítica situación padecida por el gremio transportista de Lima Norte sobre todo ante la ola de extorsión, que el Ministerio del Interior (Mininter) a cargo de Juan José Santiváñez, ha anunciado la creación de un equipo especial de la Policía Nacional del Perú (PNP) con la finalidad de frenar el avance de este tipo de delito, así como la participación del Grupo Terna camuflado de civil en buses, por ejemplo, e intensificación de operativos, mientras asociaciones del rubro afectado confirmaron en que acatarán paro y marcha este jueves 26 de setiembre.

ESTAS SON LAS VENTAJAS QUE TE OFRECE TRABAJAR DESDE CASA PARA TAMBIÉN SALVAGUARDAR TU INTEGRIDAD

  • Optimización de las actividades personales gracias al desarrollo de habilidades para la gestión del tiempo y las tareas.
  • Permite la conciliación de la vida personal y familiar.
  • Reduce el absentismo y mejora el rendimiento, responsabilidad y compromiso de los trabajadores.
  • Reduce el estrés de los trabajadores en tanto contribuye al ahorro de tiempo en los desplazamientos.
El trabajo remoto también puede salvaguardar tu integridad ante circunstancias excepcionales. (Fuente: iStock)
El trabajo remoto también puede salvaguardar tu integridad ante circunstancias excepcionales. (Fuente: iStock)
/ vm
  • Aporta a un mejor ambiente de trabajo, y mejora rendimiento, pues el trabajador debe encontrarse laborando sin interrupciones constantes de factores externos.
  • Ahorro monetario en vestimenta, alimentación y transporte público.
  • Beneficia a los trabajadores con responsabilidades familiares pues tienen la oportunidad de organizar mejor su tiempo de acuerdo a sus necesidades.

Fuente:

LA LEY DEL TELETRABAJO EN PERÚ, DERECHOS Y OBLIGACIONES DE CADA EMPLEADO Y MUCHO MÁS SEGÚN EL MTPE

  • DERECHOS

- El teletrabajador tendrá los mismos derechos que un empleado que labora presencialmente.

- El teletrabajador tiene derecho a recibir las condiciones laborales para que ejercer las funciones asignadas.

Estas condiciones son, puntualmente, operativas, y están relacionadas a los equipos (laptop o computadora), cobertura del servicio de acceso a internet, y compensaciones económicas por el uso de wi-fi y consumo de energía eléctrica.

- El teletrabajador tiene derecho a la desconexión digital.

Este derecho quiere decir que no está obligado a permanecer conectado a redes sociales, apps de mensajería instantánea, correos electrónicos o similares, fuera del horario laboral para realizar coordinaciones con el empleador.

No podrá ser sancionado si no cumple con este derecho.

- El teletrabajador tiene derecho a la intimidad y privacidad de documentación personal.

- El trabajador tiene derecho a recibir información y ser capacitado sobre las medidas de protección en seguridad y salud laboral.

  • OBLIGACIONES

- El teletrabajador está obligado a realizar las funciones laborales de manera personal, y sin la ayuda de terceros.

- El teletrabajador está obligado a cumplir, reportar y entregar todo lo dispuesto y encargado por el empleador.

- El teletrabajador está obligado a estar disponible durante la jornada laboral.

- El teletrabajador está obligado a cuidar los bienes asignados y otorgados por el empleador, y evitar uso ajeno.

- El teletrabajador está obligado a participar de las reuniones y/o capacitaciones ordenadas y dispuestas por el empleador.

Fuente: