Usualmente los que se encargan de hacer las compras para el hogar han sido testigos de estas prácticas que tienen ciertos establecimientos ubicados en todo el Perú, en estos casos los supermercados, estos espacios que son visitados a diario por los miles de peruanos, quienes llegan para comprar los productos y cubrir sus necesidades.
Tras realizar las compras, terminamos nuestra actividad yendo a la zona de caja, en la que tendremos que entregar los productos al personal, cajero o cajera, para que este nos diga el monto a cancelar por estos. Es ahí en que el trabajador hace una pregunta aparentemente inocente: “¿me puede brindar su número de DNI?”
¿POR QUÉ SE SOLICITA EL DNI EN LOS SUPERMERCADOS?
Todas las empresas que solicitan a sus clientes el número de DNI al momento de realizar el pago de sus productos no estarían cometiendo un acto ilegal, según la explicación que brindó el presidente de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (ASPEC), Crisólogo Caceres, a La República.
Este acto no sale de los límites legales si es que la transacción que se hace no pase los 700 soles. Si fuera el caso, si es necesario que la persona se identifique.
¿QUÉ REALIZAN CON TU NÚMERO DE DNI LOS SUPERMERCADOS?
A través de una entrevista a ATV, el especialista señaló que “piden el DNI para trazar perfiles de consumo. Estas empresas empiezan a registrar que periódicamente compras yogurt marca tal o compras polos marca tal. Con eso, hacen un perfil y te empiezan a bombardear ofreciéndote ese tipo de productos”.
Asimismo, es necesario que tomes en cuenta lo siguiente, al entregar estos dígitos no sabes en qué o para qué fines lo usarán. Tu identificación puede ser utilizada sin tu consentimiento para ser vendida a aquellas empresas que se encargan de armar bases de datos que son adquiridas y de donde obtienen los datos para que luego recibas llamadas spam.
De hecho, con tus información también pueden crear perfiles para publicidad, telemarketing, creación de bases de datos personales y hasta ser empleado para actos delictivos, como estafas o fraudes. Por lo que se recomienda entregar el número de DNI en los siguientes casos:
- Cuando el importe total de la compra pase al monto de S/ 700, conforme a lo establecido por la Resolución de Superintendencia N° 007-99 de la Sunat en su numeral 3.10. Esta norma dispone la necesidad de consignar los datos de identificación (nombres, apellidos y DNI) del cliente.
- Los consumidores pueden entregar de manera voluntaria el número de su DNI cuando deseen que su consumo sea descontado del pago del Impuesto a la Renta.
- Los trabajadores de cuarta o quinta categoría, que consuman en hoteles, bares o restaurantes y paguen registrando su DNI o RUC, podrán descontar del Impuesto a la Renta hasta el 15% de dichos consumos. Teniendo como tope máximo de deducción en el año 3 UIT, que equivale a S/ 13,800.