Fiestas Patrias 2023: Conoce qué pasará con las horas del 27 de julio que no serán laboradas por los beneficiarios del día no laborable, y cómo se compensarían según lo decretado. (Foto: Gobierno del Perú)
Fiestas Patrias 2023: Conoce qué pasará con las horas del 27 de julio que no serán laboradas por los beneficiarios del día no laborable, y cómo se compensarían según lo decretado. (Foto: Gobierno del Perú)
Redacción EC

La celebración de las 2023, a diferencia de años anteriores en los que solo eran los 28 y 29 de julio, estará compuesta además, por la inclusión de un día no laborable determinado para crear un fin de semana largo que fomente el turismo interno. Para los trabajadores sujetos al régimen de la actividad privada, la fecha del 27/07 significará el inicio de un puente festivo que deberá ser compensado posteriormente, y tras el goce del mismo. Te contamos cómo está reglamentada la recuperación de horas por parte del Gobierno, a partir de cuándo se haría efectiva, y quiénes pueden acogerse a la norma.

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FIESTAS PATRIAS 2023: ¿QUÉ PASARÁ CON LAS HORAS DEL 27 DE JULIO QUE NO SERÁN TRABAJADAS POR LOS BENEFICIARIOS DEL DÍA NO LABORABLE?

El viernes 28 y sábado 29 de julio de 2023 serán feriado a nivel nacional por la conmemoración de un aniversario más de la independencia del Perú ocurrida en 1821, y junto a ellos, el día 27 permitirá el goce de un puente festivo hasta el domingo 30 gracias a la promulgación del que establece los días no laborables de manera anual.

La norma gubernamental determina en su artículo 1 que los beneficiarios directos de estas fechas adicionales, en este caso un día antes del inicio de las Fiestas Patrias, sean los empleados públicos, es decir, los trabajadores de municipalidades, ministerios, entre otras instituciones del Estado, quienes luego del periodo festivo, estarán obligados a recuperar las horas dejadas de laborar “en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública” y “en función a sus propias necesidades”.

Asimismo, expresa en el artículo número 4 que el sector privado también podrá acogerse a lo dispuesto, pero bajo una condición puntual relacionada al trato entre el trabajador y su empleador o jefe de turno.

Con respecto al día no laborable del 27 de julio, el Decreto Supremo 151, también, estipula que “los titulares de las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad”, mientras que referido al ámbito empresarial, cada compañía vinculada a la limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, tendrá la potestad de decidir los puestos de trabajo que gozarán o estarán excluidos de esta fecha en particular “a fin de garantizar los servicios a la comunidad”.

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DÍA NO LABORABLE DEL 27 DE JULIO: ¿CÓMO SE HARÁ EFECTIVA LA COMPENSACIÓN DE HORAS LUEGO DEL FERIADO LARGO POR FIESTAS PATRIAS 2023?

Cada uno de los días no laborables regidos por ley en 2022 ascendieron a 7 para el 2023, y dirigido a quienes laboran en el sector público constituyen descansos de carácter obligatorio, y opcional o alternativo para el privado.

Teniendo en cuenta lo establecido por el Gobierno, y qué pasará con las horas no trabajadas en esta fecha específica del jueves 27 de abril, revisa la forma en cómo debería hacerse efectiva la recuperación de horas desde el 31/07:

- SECTOR PÚBLICO

Artículo 2:

Las horas que no se laboraron el 27/07 deben ser recuperadas a partir del día siguiente considerado hábil de culminado el día no laborable, y por un tiempo estimado de “10 días inmediatos posteriores”.

Si consideramos que este jueves será el inicio de otro puente festivo en Perú junto a los feriados del viernes 28 y sábado 29 de julio, y el domingo 30, la compensación aplicará de la siguiente forma:

  • Recuperación de 1 hora laboral diaria aproximada y comprendida entre el lunes 31/07 y el viernes 04/08, y del 7 al 11 de agosto

- SECTOR PRIVADO

Previo acuerdo directo con el empleador, el trabajador del centro de labores podrá gozar y descansar el día no laborable por Fiestas Patrias, y recuperar las horas según lo establezca la misma persona responsable de haber otorgado el permiso.

Cabe resaltar, que si no existiera conformidad entre ambas partes ante la solicitud del interesado, finalmente “decidirá el empleador”.


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