Corría fines de 2011 cuando cerca del Malecón de Miraflores, Luis Miguel Llanos defendía a su pareja y terminaba abatiendo a dos delincuentes que la estaban asaltando. Dicho episodio ganó mayor repercusión en aquel momento luego de que el empresario fuera acusado de homicidio simple, y a raíz de ello iniciado el debate acerca de una legítima defensa que hoy protagoniza la promulgación de la autógrafa de ley que modifica el Código Penal. A propósito del tema coyuntural tras aprobación congresal, el también expeleador de MMA emitió opinión y de manera tajante criticó el proyecto de ley del uso de armas en autodefensa.
¿CUÁL FUE LA TAJANTE CRÍTICA DE LUIS MIGUEL LLANOS AL PROYECTO DE LEY QUE LEGITIMA EL USO DE ARMA EN DEFENSA PROPIA?
A diario son cientos o miles los ciudadanos peruanos que sufren con la delincuencia, ya sea mediante el robo o asalto a mano armada, y Luis Miguel Llanos es precisamente uno de los que lo ha sufrido en carne propia tras episodios donde hizo uso de su legítima defensa, pero estuvo a punto de ser encarcelado.
Hoy más de 12 años después de abatir a dos delincuentes en el distrito de Miraflores por defender a Andrea Voto-Bernales, quien era su pareja, y 4 de recibir disparos que pudieron costarle la vida por esta vez intentar protegerse de un ataque criminal direccionado en la ciudad de Tumbes, el empresario experto en temas de seguridad ciudadana reaparece televisivamente para referirse a la reciente promulgación de la Ley Nº 32026 que modifica artículos del Código Penal.
De manera muy crítica, Luis Miguel Llanos se pronunció como invitado en “Ocurre Ahora” de ATV tras confirmarse la firma de la autógrafa de ley por parte del presidente del Congreso, Alejandro Soto Reyes, que exime de responsabilidad penal a todo aquel que “obra en defensa de bienes jurídicos propios o de terceros” haciendo “uso de la fuerza letal”.
“Lamentablemente es una ley incompleta”, inicia cuestionando el conocido ‘Van Damme peruano’, y aunque la “aprueba y felicita”, considera que “las letras son una cosa y lo que pasa en la calle es otra cosa”, dando a entender literalmente que cualquier normativa entorno a la protección de uno mismo abatiendo a delincuentes, por ejemplo, no se aplica conforme a lo establecido de manera jurídica y reglamentaria.
Para ejemplificar su postura, recordó en diálogo con Mávila Huertas la vez que el 27 de diciembre de 2011 disparó varias veces contra delincuentes a los que terminó abatiendo para salvaguardar la integridad de su pareja en aquel entonces, indicando que la “legítima defensa es un derecho constitucional ... pero el Ministerio Público hacía lo que le daba la gana”.
¿CUÁLES SON LAS MODIFICACIONES AL CÓDIGO PENAL PROMULGADAS MEDIANTE LEY Nº 32026 QUE PRECISA ALCANCES DE LEGÍTIMA DEFENSA?
Tras allanarse a observaciones del Poder Ejecutivo, finalmente el 15 de mayo de 2024 el presidente del Congreso, Alejandro Soto Reyes, promulgó la autógrafa de ley que modifica el Código Penal y el Código Procesal Penal sobre los alcances de la legitima defensa, y un día después fue publicado en El Peruano bajo la Ley 32026.
A través de dicha normativa, puede constatarse textualmente que la variación de numeral 3 del artículo 20 del Decreto Legislativo 635 basada en la inimputabilidad, exime de responsabilidad penal en los siguientes términos:
- “El que obra en defensa de bienes jurídicos propios o de terceros, con uso de la fuerza, incluido el uso de la fuerza letal, siempre que concurran las circunstancias siguientes:
- Agresión actual, ilegítima y real.
- Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla. Se excluye para la valoración de este requisito el criterio de proporcionalidad de medios, considerándose en su lugar, entre otras circunstancias, la intensidad y peligrosidad de la agresión, la forma de proceder del agresor y los medios de que se disponga para la defensa.
- Falta de provocación suficiente de quien hace la defensa”
Asimismo, y con respecto a la modificación del artículo 21 del Código Penal, la Ley 32026 establece que “si la persona que repele la agresión ilegítima hubiera hecho uso de un arma de fuego inscrita legalmente a su nombre, esta será incautada dentro de las 48 horas que requiera la autoridad para las investigaciones preliminares bajo responsabilidad”, mientras que en relación al Nuevo Código Procesal Penal (Decreto Legislativo 957), la normativa señala que el juez a solicitud del Ministerio Público no puede dictaminar “prisión preventiva en los casos de inminente aplicación de la legítima defensa propia o de tercero conforme a ley; salvo la presencia de antecedentes y/o pruebas fehacientes que justifiquen la existencia del delito o que recaiga sobre la persona sentencia firme condenatoria”.
LA PALABRA DE LUIS MIGUEL LLANOS TRAS ATAQUE SUFRIDO EN TUMBES QUE PUDO DEJARLO PARAPLÉJICO
Su vida corrió peligro en varias oportunidades, pero él hoy vive para contarlo, y brindar su testimonio como el Luis Miguel Llanos que ocupó las primeras planas de noticias policiales en Perú por ser víctima de la delincuencia que así como en 2011 y 2020, todavía asola a cada rincón del país.
En setiembre de 2023, el popular ‘Van Damme peruano’ le brindó a Trome una entrevista exclusiva donde brindó detalles acerca de su recuperación tras ataque sufrido en Tumbes, y la forma de resurgir de manera sorprendente.
“Estoy ahora en un proceso de coordinación motora, musculación y realización de pesas”, revelaba Luis Miguel Llanos confesando además que había perdido 25 kilos, e iba al gimnasio “tres veces a la semana”.
Con respecto al proceso de restablecimiento, indicaba que “haber practicado las artes marciales mixtas me está ayudando en mi recuperación”, no sin antes recordar que “la bala destruyó una vértebra de la columna”, y por lo cual pudo haber quedado parapléjico.
Durante la entrevista publicada por Trome el 26 de setiembre de 2023, el expeleador de MMA dirigió un mensaje a las personas que pueden estar pasando por una situación o circunstancias similares, expresando que deben “persistir, resistir y no existir, esa es la moraleja” ya que “Dios tiene la última palabra, no los doctores”.