Manejar con precaución en Perú implica ser cauto, prudente, respetar y cumplir las reglas de tránsito, y también a los usuarios que transitan por las vías peatonales. Los conductores de un vehículo de transporte terrestre deben poseer y portar el documento oficial otorgado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) a fin de circular legalmente, pero siempre evitando acumular infracciones que terminen inhabilitándola de por vida. Conoce cuáles son las causas que originan la cancelación definitiva de un brevete, y en qué casos se sanciona además junto al internamiento del auto y multas.
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¿EN QUÉ CASOS EL MTC CASTIGA A UN CONDUCTOR CON LA INHABILITACIÓN DE SU LICENCIA DE CONDUCIR DE MANERA DEFINITIVA?
La imprudencia puede costar muy caro en Perú si pones en riesgo la vida de las personas que transportas o transitan por la ciudad esperando subir a alguna unidad vehicular que a la vez podría ser la tuya.
Así como el Documento Nacional de Identidad (DNI) dirigido para todo ciudadano nacido en el país, el brevete es igual de importante y obligatorio uso por toda aquella persona que requiere conducir un vehículo de transporte terrestre a nivel nacional de forma legal.
Dicha licencia de conducir podría verse en aprietos si el dueño del mismo incurre en alguna falta o infracción que figura tipificada en el Reglamento Nacional de Tránsito que aprobó el MTC en 2009, y podría desencadenar su cancelación e inhabilitación definitiva.
Ante lo expuesto, el ente rector en materia de transportes exhorta a los conductores a cumplir con las reglas de tránsito para garantizar la seguridad vial, y les recuerda que estos son los casos que causarían la pérdida del brevete de por vida:
- Infracción M.1
Conducir con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor a lo previsto en el Código Penal o estar bajo los efectos de estupefacientes, narcóticos y/o alucinógenos comprobado con el examen respectivo o por negarse al mismo y que haya participado en un accidente de tránsito
- Infracción M.4
Conducir vehículos estando la licencia de conducir retenida, suspendida o estando inhabilitado para obtener otro brevete
- Infracción M.39
Conducir y ocasionar un accidente de tránsito con lesiones graves o muerte
Cabe resaltar, que las 3 causas mencionadas son calificadas dentro del Reglamento Nacional de Tránsito como muy graves, y sumado al castigo efectivo de la inhabilitación del brevete, el conductor infractor debería pagar una multa equivalente al 100% de 1 Unidad Impositiva Tributaria (UIT), es decir ascendente actualmente a los S/4,950, y se procedería además a internar el vehículo en un depósito oficial.
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¿QUÉ OTRO TIPO DE INFRACCIONES AMERITAN CASTIGOS E INHABILITACIONES AL CONDUCTOR, PERO POR UN PERIODO MENOR SEGÚN EL REGLAMENTO NACIONAL DE TRÁNSITO APROBADO POR EL MTC?
El Reglamento Nacional de Tránsito de 2009 también determina sanciones, gravedad y clases de pago dirigidas a un conductor infractor, pero con un menor rango de inhabilitación de la licencia de conducir tal y como lo estipula, por ejemplo, la infracción M.3 que determina una multa del 50% de 1 UIT (S/2,475) y la suspensión del documento por un periodo de 3 años por conducir en estado de ebriedad en proporción mayor a los 0.50 gramos por litro.
Asimismo, deberás pagar el mismo monto, y quedarás inhabilitado para obtener licencia por 3 años si es que la Policía Nacional del Perú (PNP) o la Autoridad de Transporte Urbano (ATU) te interviene “conduciendo un vehículo automotor sin tener licencia de conducir o permiso provisional”, y se te suspenderá el brevete por 1 año si te encuentran “conduciendo un vehículo con licencia de conducir cuya clase o categoría no corresponde al vehículo que conduce”.
Con respecto al sistema de las faltas muy graves comprendidas en el Reglamento Nacional de Tránsito, es importante resaltar que por “estacionarte en curvas, puentes, túneles, zonas estrechas de la vía, pasos a nivel, pasos a desnivel en cambios de rasante, pendientes y cruces de ferrocarril” (M.6), la multa es equivalente al 12% de 1 UIT, y un 24% si “permites a un menor de edad la conducción de un vehículo automotor sin autorización o permiso provisional”.
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