El nacimiento de un bebé trae mucha alegría a la familia, pero también implica diversos gastos que deben asumir con la finalidad de llevar una buena calidad de vida al pequeño. De esta manera, el Seguro Social de Salud del Perú (EsSalud) brinda un beneficio llamado “Bono por lactancia” que equivale a S/820 para las madres aseguradas regulares o agrarios. En la siguiente nota, te contamos todos los detalles.
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA ACCEDER AL BONO POR LACTANCIA DE ESSALUD?
Aquellas madres que están por dar a luz, deben saber que EsSalud brinda un subsidio único de S/820, en caso de a luz dos hijos el bono será de S/1.640 o tres hijos será de S/2.460. No obstante, para acceder a este beneficio del Estado, se tendrá que cumplir con ciertas condiciones:
- El infante debe estar inscrito en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).
- El asegurado titular deberá estar acreditado y trabajando en la fecha de nacimiento del recién nacido.
- También deberá contar con tres meses consecutivos o cuatro no consecutivos de aportes, dentro de los seis meses calendario, anteriores al mes del nacimiento vivo del niño(a).
- Para solicitar este subsidio se tendrá un plazo de 98 días más seis meses, contando desde la fecha de nacimiento del infante. En caso de parto múltiple, se suman 30 días a este plazo.
¿CÓMO REALIZAR EL TRAMITE PARA COBRAR EL BONO POR LACTANCIA DE ESSALUD?
A continuación, te presentamos el paso a paso para efectuar el tramite del “Bono por lactancia” de EsSalud siempre y cuando se realice de manera presencial. Estos son:
- Revisa los requisitos y verifica que las cumples con ellos para acceder a este beneficio.
- Descarga, rellena y firma el formulario N° 1040 a través de este LINK.
- Ubica una de las agencias y oficinas de seguros de EsSalud que esté cerca a tu casa mediante este ENLACE.
- Acércate con este documento y tu DNI a la agencia u oficina que ubicaste y preséntalos en ventanilla.
- Después del proceso, con tu Formulario N°1040 sellado y la copia de tu DNI, acércate a los bancos autorizados y cobra tu subsidio.
Es importante mencionar que si deseas tramitarlo virtualmente, lo podrás hacer ingresando AQUÍ y se te solicitará una serie de datos personales que tendrás que completar obligatoriamente para continuar con el procedimiento y obtener tu beneficio.
¿QUÉ SUCEDE SI LA MADRE NO PUEDE REALIZAR EL TRAMITE PERSONALMENTE?
- Si un tercero presenta la solicitud, este debe llevar su DNI, una copia de este y una carta poder simple de representación para tramitar la solicitud.
- En caso que la madre del lactante sea menor de edad y soltera, el subsidio se pagará a través de su padre, madre o tutor, para lo cual deberá presentar copia y mostrar el original del documento que lo acredite como padre, madre o tutor. Ante la ausencia de estas tres personas, se pagará directamente al asegurado.
- En caso de que la madre sea declarada incapaz, se deberá presentar la sentencia judicial que acredite a su curador, quien recibirá el subsidio.
- En caso de que la madre del lactante haya fallecido, el padre o tutor deberá presentar la partida o acta original de defunción de la madre; y un documento que acredite la tutela del menor.
- En el caso de que el menor se encuentre en estado de abandono, se deberá presentar un documento que acredite la tutela del lactante.