Pagos y cronograma OFICIAL ONP de julio 2024: quiénes serán los primeros jubilados en cobrar. (Fuente: El Peruano)
Pagos y cronograma OFICIAL ONP de julio 2024: quiénes serán los primeros jubilados en cobrar. (Fuente: El Peruano)
Redacción EC

Llega uno de los meses más importantes para Perú a nivel cívico gracias a la celebración de las Fiestas Patrias que anualmente facultan el cobro de la denominada gratificación y durante julio también miles de jubilados pueden disponer de sus respectivos beneficios monetarios tal y como ocurrió en junio. De acuerdo al Cronograma Anual Mensualizado para el pago de las remuneraciones y pensiones en la Administración Pública, el sétimo periodo de 31 días en 2024 vuelven a habilitarse los depósitos en cuenta bancaria hacia las personas que figuran incluidas en el Decreto Ley 19990 y otros regímenes, considerando además el servicio a domicilio solicitado a la Oficina de Normalización Previsional (). Hoy te contamos los detalles, quiénes son los primeros en cobrar, y a partir de qué fecha.

¿LOS JUBILADOS DE QUÉ RÉGIMEN COBRAN PRIMERO SUS PENSIONES DE LA ONP SEGÚN CRONOGRAMA ANUAL MENSUALIZADO?

El Gobierno aprobó en diciembre de 2023, el Cronograma Anual Mensualizado y actualizado que bajo dispone aplicar en diversas fechas el abono de las prestaciones económicas de jubilación asociadas a la ONP tanto en Banco de la Nación (BN) como otras entidades financieras, y dirigidas a quienes formen parte del Decreto Ley Nº 19990 u otros regímenes.

De acuerdo a información compartida por la plataforma única del , más de 600 mil asegurados vinculados a dicho sistema pensionario, cobrará un nuevo beneficio monetario durante el mes de julio, y a partir de este viernes 5 considerando la primera letra del apellido paterno consignado en Documento Nacional de Identidad (DNI), tal y como lo detallamos a continuación:

  • A – C / 5 de julio
  • D – L / 8 de julio
  • M – Q / 9 de julio
  • R – Z / 10 de julio
  • Pago a domicilio: Del 12 al 24/07

JULIO 2024: CALENDARIO DE PAGOS ESTABLECIDO PARA EL RESTO DE REGÍMENES ADMINISTRADOS POR LA ONP

  • Convenios internacionales / Ley 27803: 15 de julio
  • Decreto Ley 18846 / Decreto Ley 20530 y pensiones por encargo / Ley 30003 - Pensionistas Pesqueros / Ley 26790 - Pensionistas del Seguro Complementario de Trabajo y riesgo (SCTR): 11 de julio
  • Pago a domicilio: Del 16 al 24 de julio

Cabe resaltar, que si bien el depósito realizado a cada jubilado se llevará a cabo en las fechas mencionadas, recuerda que el dinero de la pensión permanecerá disponible en tu cuenta bancaria hasta que consideres retirarlo en cajeros automáticos o agentes bancarios más cercanos a tu domicilio.

¿EN QUÉ BANCOS AFILIADOS A LA ONP PUEDO COBRAR MI PENSIÓN DE JUBILACIÓN DURANTE JULIO 2024?

Los beneficiarios titulares que acceden al cobro de la pensión por jubilación en Perú, reciben mensualmente el monto máximo de S/893 y mínimo de 500 a través de los abonos realizados por la ONP en las cuentas de ahorros que se registraron al momento de generar la afiliación al SNP.

Recuerda que el depósito en cuenta bancaria es gestionado por la entidad previsional ante los mismos bancos con los cuales se tiene un convenio suscrito, y desde agosto de 2023 contempla la incorporación de una nueva institución financiera.

Ante lo expuesto, ten en cuenta que puedes cobrar tu pensión desde el viernes 5 de julio de 2024, tanto en BanBif como en BN, Interbank, BBVA, Scotiabank, y GNB Perú, según tu inscripción registrada.

CRONOGRAMA PARA EL PAGO DE REMUNERACIONES EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DURANTE JULIO 2024

A partir del jueves 18 de julio, el Cronograma para el Pago de Remuneraciones admitido por el BN yfacultado gracias a la Resolución Viceministerial 005, empezará a ejecutarse con el objetivo de cumplir una vez más con lo dispuesto en la normativa, retribuyendo económicamente a cuyas personas laboran en la administración pública, y entidades como el Ministerio del Interior (Mininter) y el Fuero Militar Policial (FMP).

Los trabajadores de las últimas instituciones estatales mencionadas, reciben su sueldo una semana después, por ejemplo, como parte del mismo calendario de pagos que beneficia a los jubilados de la ONP, mientras el resto de beneficiarios que ejercen funciones en otros organismos pertenecientes al Estado peruano, lo harán a partir de las siguientes fechas:

  • JUEVES 18/07

- Presidencia del Consejo de Ministros / Poder Judicial / Ministerio de Justicia / Ministerio de Relaciones Exteriores / MEF / Universidades Públicas / Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego / Contraloría General de la República / Defensoría del Pueblo / Junta Nacional de Justicia / Ministerio Público / Tribunal Constitucional / Ministerio de Defensa / Congreso de la República / Jurado Nacional de Elecciones / Oficina Nacional de Procesos Electorales / Registro Nacional de identificación y Estado Civil / Ministerio de Transportes y Comunicaciones / Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Agricultura

  • VIERNES 19/07

- Ministerio de Educación: UGEL 01, 03 y 07 / Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Educación excepto de los departamentos de Cajamarca, La Libertad, Junín, Piura, Ancash, Loreto y Puno

  • LUNES 22/07

- Ministerio de Cultura / Ministerio de Educación: excepto UGEL 01,03 y 07 / Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Educación en Cajamarca, La Libertad, Junín, Piura, Ancas, Loreto y Puno

  • MIÉRCOLES 24/07

- Ministerio del Ambiente / Ministerio de Salud / Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo / Ministerio de Energía y Minas / Ministerio de Comercio Exterior y Turismo / Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento / Ministerio de la Producción / Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables / Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social / Gobiernos Regionales: Todas las Unidades Ejecutoras, excepto las de Educación y Agricultura

  • JUEVES 25/07

- Mininter / FMP

Considera revisar los enlaces compartidos líneas arriba acerca del Cronograma Anual Mensualizado para el pago de las Remuneraciones y Pensiones en la Administración Pública aprobado por el Gobierno mediante Resolución Ministerial Nº 005, a fin de identificar con certeza tanto fechas, regímenes como centros de atención para cobro efectivo.