El aguinaldo es un monto de dinero que se paga una sola vez al año en Chile, junto con la respectiva pensión de septiembre, a los beneficiarios que cumplan con los requisitos exigidos por el Gobierno.
MIRA AQUÍ: Bonos por Fiestas Patrias en Chile: qué subsidios se pueden cobrar
Cabe resaltar que, el monto base del Aguinaldo por Fiestas Patrias 2022 en Chile es de $21.882, a lo que se le suman $11.226 por cada carga familiar que esté acreditada al 31 de agosto de 2022, según indica Pauta.
Asimismo, es preciso aclarar que el aguinaldo de Fiestas Patrias no tiene descuentos, además no se considera para el pago de impuestos, es decir, no es tributable, ni de cotizaciones previsionales y/o de salud, es decir, no es imponible.
REVISA AQUÍ: Bono Canasta Básica 2022: quiénes lo cobran y cuál es el monto que pagan por el subsidio
La Ley 21.405, publicada en 2021, establece que el aguinaldo será de $81.196 para los trabajadores del sector público cuya remuneración líquida que les corresponda recibir en agosto de 2022 sea igual o inferior a $842.592; y de $56.365 para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad.
En ese sentido, el aguinaldo les corresponderá a los trabajadores del sector público que al 31 de agosto de 2022 desempeñen cargos de planta o contrata en entidades definidas por Ley.
MIRA AQUÍ: Cambio de hora en Chile: ¿cuándo es, a qué hora y cuánto tiempo debe adelantarse el reloj?
¿QUIÉNES RECIBEN EL AGUINALDO DE FIESTAS PATRIAS EN CHILE?
Para pensionados, el monto base del aguinaldo de Fiestas Patrias 2022 es de $21.882, a lo que se le suma $11.226 por cada carga familiar acreditada al 31 de agosto de 2022.
- Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
- Pensionados o pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
- Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley Nº 19.234.
- Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.
- Pensionados o pensionadas de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
- Pensionados o pensionadas de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).
- Beneficiarios o pensionadas de Indemnizaciones del Carbón, Ley Nº 19.129.
- Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).
- Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio por Discapacidad Mental.
En este caso, la suma de dinero se paga junto con la respectiva pensión de septiembre.