Con la finalidad de evitar la aglomeración de personas y prevenir contagios de COVID-19 durante las fiestas de Navidad y Año Nuevo, el Gobierno anunció que restringirá el tránsito de los vehículos particulares durante los días 24, 25, 31 de diciembre y 1 de enero a nivel nacional. Mediante el Decreto Supremo N° 194-2020-PCM, se hizo oficial esta medida que había sido adelantada por la titular del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez.
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De acuerdo con la subdirectora de fiscalización de la Autoridad de Transporte Urbano (ATU), Maribel Maguiña, los vehículos que sí podrán transitar durante las fiestas de fin de año son todos los servicios de transporte público (como buses, el Metro y el Metropolitano), así como los taxis formales debidamente identificados.
¿Los taxis y servicios de delivery podrán circular en Navidad y Año Nuevo?
El ministro de la Producción, José Chicoma, informó a Latina que los servicios de taxi por aplicativo o el delivery de alimentos o productos sí estará permitido durante Navidad y Año Nuevo. “Si son taxis autorizados, sí podrían circular. Si brindan un servicio de transporte público van a poder circular en estos días”, explicó.
La ATU indicó que durante el 24, 25 y 31 de diciembre del 2020, así como el 1 de enero del 2021, solo podrán circular en Lima y Callao, aquellos vehículos que realizan el servicio de taxi que cuentan con autorización emitida por esta institución. En ese sentido, exhortó a los usuarios a movilizarse en unidades formales, a fin de salvaguardar su integridad, cuidar su salud y prevenir el riesgo de contagio del COVID-19.
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¿De cuánto serán las multas para los que usen su auto en Navidad y Año Nuevo?
El Coronel PNP Alberto Malaver remarcó en una entrevista para Exitosa que se aplicarán multas para aquellas personas que usen sus autos particulares en estas fiestas de fin de año.
“Los días 24, 25, 31 de diciembre y el 1 de enero conjuntamente con las Fuerzas Armadas se diseñó un plan operacional para que en diversos puntos de la ciudad se den cumplimiento al decreto supremo. Van a ser sancionados con la papeleta M41 que son S/6.450 e incluye retención de documentación”, detalló Malaver.
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