Entérate de todo lo que debes saber sobre el retiro de AFP para este 2022. (Foto: GEC)
Entérate de todo lo que debes saber sobre el retiro de AFP para este 2022. (Foto: GEC)
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Redacción EC

Del mismo modo que se realizó durante el primer año de la pandemia de , este 2022 también se podría dar un nuevo en el Perú. Aún se encuentra esta iniciativa como parte d elos proyectos pendientes de aprobación en la Comisión de la Economía del Congreso. Sin embargo, ante la posibilidad de que se materialice, el (MEF) y el (BCR) han advertido de sus riesgos.

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Dentro de las opciones que se contemplan en este proyecto, hay dos que destacan: una en el que se permita el retiro de hasta 4 UIT (S/18.400) y otra del 100% del monto ahorrado en la . Y son estas dos alternativas las que causan mayor preocupación, ya que podrían traer consecuencias a la economía del país.

Conforme aumenten los retiros, las AFP se ven en necesidad de vender activos menos líquidos y eso podría impactar de manera significativa en los precios”, señaló el viceministro de Economía, Álex Contreras. Además, destacó que el contexto actual tiene un nuevo panorama gracias al avance de la vacunación y recuperación de la inversión, por lo que no se estaría en un escenario similar al de 2020 y estas medidas no serían necesarias.

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Propuestas para la devolución de AFP 2022

La propuesta más preocupante para los expertos es aquella que respalda la bancada de , encargada de elaborar el Proyecto de Ley N° 00929/2021-CR, el mismo que menciona que se debería retirar el 100% de los ahorros de las AFP en un tiempo máximo de 30 días calendario desde la oficialización de la norma.

Los inversores verán que los bonos peruanos reducirán su valor, una parte importante de ellos son extranjeros y venderán (los bonos) en soles, para comprar dólares y llevarse esos fondos. Hay riesgo de impacto en el dólar e inflación”, señala Adrián Armas, gerente central de Estudios Económicos del BCR, quien enfatiza que esta medida podría ser inflacionaria y podría afectar también al tipo de cambio.

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Por su parte, la congresista de Podemos Perú (PP), Dina Calle, ha postulado el retiro facultativo de fondos desde la Cuenta Individual de Capitalización (CIC) por un monto total a 4 UIT (S/18 400) en un plazo máximo de 90 días calendario. Esta media, beneficiaría a más de 7 millones de afiliados, entre aportantes y exaportantes. Serían dos retracciones de 1 UIT (S/ 4600 cada una) y una tercera de 2 UIT (S/ 9200).

Finalmente, José Luna (PP) sugirió un retiro de 4UIT para aquellos afiliados que no hayan aportado por lo menos tres meses previo a la publicación de la norma, y 2 UIT para quienes laboren en la actualidad o lo hagan de manera intermitente, con aportes regulares.

SBS en alerta ante proyectos

La proyectó hace un par de semanas que de aprobarse los proyectos de ley 929/2021-CR, 1117/2021-CR, 1118/2021-CR y 1119/2021-CR, saldrían entre 22.011 millones y 77.869 millones de soles de los fondos de pensiones de las AFP.

En su presentación en la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso de la República para comentar el impacto de estos proyectos de ley, el superintendente adjunto de AFP de la SBS, Elio Sánchez, indicó que estas propuestas podrían reducir dramáticamente el actual ahorro para jubilaciones agravando aún más la problemática que presentan las bajas pensiones. Además esto podría generar distorsiones en la economía.

La edad de jubilación legal es de 65 años, pero la edad efectiva de jubilación es de 59 años”, destacó. Además, quienes más han realizado retiros anticipados, según destacó Sánchez, han sido los afiliados jóvenes y así redujeron su propio horizonte de ahorro. Mientras que los mayores de 35 años de edad, reducen su futura pensión en un 35% a 36% al realizar retiro anticipados, según estimó.

Estos proyectos aún deben ser discutidos por la Comisión de Economía del Congreso de la República. Inicialmente, se había citado sesión para este debate durante la jornada del martes 5 de abril. Sin embargo, se postergó hasta próxima fecha. En esta reunión se espera que se elabore el dictamen que luego deberá ser aprobado por la Comisión en cuestión y posteriormente por el Pleno del Congreso.

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