El miércoles 19 de mayo pasado, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó el procedimiento operativo para que los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP), interesados en realizar el retiro de hasta S/ 17.600 -equivalentes a 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT)- puedan acceder a sus fondos previsionales.
MIRA | Retiro de AFP: este jueves 27 de mayo, afiliados podrán presentar solicitudes para obtener S/ 17.600
Mediante Resolución SBS N°1484-2021, la entidad dio a conocer todo lo referente al acceso de dichos ahorros jubilatorios como la forma de presentar las solicitudes ante la Administradora Privada de Fondo de Pensiones (AFP) a la que pertenecen, dentro de los noventa días calendario posteriores a la vigencia del reglamento de la Ley 31192.
Debido a la gran cantidad de interrogantes que han surgido en quienes buscan sacar dicho dinero, absolvemos varias de ellas; así que presta mucha atención.
MÁS INFORMACIÓN: ¿Qué opciones tiene el afiliado a una AFP para que sus ahorros retirados no pierdan valor?
PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE EL RETIRO DE LA AFP
¿Cuándo comienza el registro de solicitudes?
El registro de solicitudes comenzará el jueves 27 de mayo. El horario establecido para enviar este documento será de lunes a viernes de 8:00 p.m. hasta las 6:00 p.m.
¿Hay un cronograma para enviar mi solicitud de retiro?
Con el propósito de brindar una mejor atención y garantizar el acceso ordenado a la plataforma de la Asociación de AFP, se estableció un cronograma en base al último dígito o letra del documento de identidad. Cabe precisar que las fechas son válidas para el Perú y extranjero.
Si tu DNI o documento termina en: | Registra tu solicitud de retiro las fechas: |
---|---|
0, letra u otro | 27 o 28 de mayo |
1 | 31 de mayo o 1 de junio |
2 | 2 o 3 de junio |
3 | 4 o 7 de junio |
4 | 8 o 9 de junio |
5 | 10 o 11 de junio |
6 | 14 o 15 de junio |
7 | 16 o 17 de junio |
8 | 18 o 21 de junio |
9 | 22 o 23 de junio |
¿Cuáles son los pasos para registrar la solicitud?
Lo primero que debes saber es que el trámite será gratuito y virtual a través de la plataforma de consultas de la AFP.
- Ingresa a www.consultaretiroafp.pe
- Selecciona el tipo de documento.
- Ingresa el número de documento.
- Ingresa el dígito verificador.
- Ingresa tu fecha de nacimiento.
- Dar click en “no soy un robot”.
- Click en “Consultar”.
¿Cuáles son los plazos para los desembolsos?
La AFP dispondrá la entrega de los fondos conforme al siguiente cronograma:
- Primer desembolso de hasta 1 UIT: en un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde presentada la solicitud ante la AFP.
- Segundo desembolso de hasta 1 UIT: en un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde efectuado el primer desembolso por la AFP.
- Tercer desembolso por el remanente del monto solicitado hasta 2 UIT: En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde efectuado el segundo desembolso por la AFP.
¿Puedo retirar sólo una parte de los S/ 17.600 de mi AFP?
Si bien, la ley habilita el retiro de hasta S/ 17.600 de los fondos en tres armadas; en el caso de que un aportante busque acceder sólo a una parte de sus ahorros jubilatorios, sí puede hacerlo. Solamente tendrá que presentar su solicitud e indicar la cantidad que quiere sacar.
¿Qué pasa si presenté mi solicitud, pero ya no quiero retirar mi AFP?
En el caso de que un afiliado desee dejar de retirar los fondos de su Cuenta Individual de Capitalización de Aportes Obligatorios (CIC), deberá comunicarlo a su AFP hasta diez días calendario antes de efectuado cualquiera de los tres desembolsos, lo cual anula las armadas pendientes de pago.
¿A qué entidad me pueden hacer el depósito?
El dinero de los fondos de tu AFP puedes pedir que los depositen en las siguientes entidades financieras: BBVA, BCP, Interbank, Scotiabank, BanBif, Banco de la Nación, Banco del Comercio, Banco GNB, Caja Huancayo, Caja Sullana y Banco Ripley.
- Si vives en el extranjero, puedes solicitar el depósito a una cuenta personal en el exterior o en el Perú.
¿Pueden retener el dinero de mi AFP?
La AFP es responsable de realizar la retención judicial o convencional sólo respecto de aquellos pronunciamientos derivados de deudas alimentarias hasta por un máximo del 30% del monto retirado en cada armada, conforme a lo dispuesto por la Ley.
¿Cómo será el procedimiento para los afiliados en el extranjero o con imposibilidad física?
La AFP es responsable de establecer los protocolos de comunicación que les permita identificar al titular solicitante que se encuentre en el extranjero o esté físicamente imposibilitado, a efectos de que ingrese la solicitud de retiro de fondos por los canales y formatos que se habiliten para tal fin. Dicho procedimiento debe ser difundido por la misma Administradora Privada de Fondo de Pensiones, de modo previo a la fecha de inicio de la presentación de solicitudes, en su sitio web y en otros medios de difusión que estimen necesario.
VIDEO RECOMENDADO
TE PUEDE INTERESAR
- Economía crecería más de lo previsto por BCR y MEF el primer trimestre [VIDEO]
- La transformación de Natura en el Perú para darle nuevo impulso a la venta directa
- Presentan demanda de inconstitucionalidad contra ley que elimina régimen CAS
- Nuevo retiro de AFP: ¿Cuándo se efectuarían los primeros desembolsos?
- “Yo me vacuné, así lo hice y esto me costó”: una guía para vacunarse contra el COVID-19 en Estados Unidos