Retiro CTS al 100%: qué falta, cómo y beneficiarios del acceso al depósito de mayo. (Foto: Andina)
Retiro CTS al 100%: qué falta, cómo y beneficiarios del acceso al depósito de mayo. (Foto: Andina)
Redacción EC

Por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2023, el aprobó la libre disposición del 100% de los depósitos por , realizados en las entidades financieras y que tengan acumulados. A continuación, te contamos los detalles.

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En medio de la sustentación de la norma, la titular de la Comisión de Trabajo del Parlamento, Isabel Cortez (CD), señaló que la libre disposición de la CTS brindará la posibilidad de lidiar con las consecuencias negativas de la pandemia del COVID-19.

¿QUÉ FALTA PARA QUE SE PUEDA RETIRAR EL 100% DE LA CTS?

Cabe destacar que el proyecto aprobado por el pleno del Congreso fue enviado al Ejecutivo para que evalúe si lo promulga u observa. Si en caso el Gobierno se muestra en contra de la propuesta, esta será devuelta al Legislativo para un nuevo debate.

Si se aprueba la autógrafa de ley, corresponde que el Gobierno dicte las disposiciones reglamentarias necesarias en el plazo máximo de 10 días calendario, desde la entrada en vigencia de la norma.

¿QUIÉNES RECIBIRÁN LA CTS ESTE MES DE MAYO?

Para recibir la CTS del mes de mayo, deberás estar registrado por la compañía donde trabajas como trabajador en planilla, solo así recibirás por ley el fondo de emergencia en caso de desempleo. Entre los requisitos están:

  • Los trabajadores del régimen privado que trabajen, como mínimo, una jornada de 4 horas laborales por al menos un mes de servicio, que incluyen a trabajadoras del hogar.
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  • Trabajadores del régimen agrario recibirán la CTS incluida dentro de la remuneración diaria a razón del 9.72% del sueldo básico. El colaborador puede elegir que el beneficio sea abonado de manera diferenciada y semestral.

¿CÓMO CALCULAR LA CTS?

Para saber cuánto es lo que recibirá por concepto de CTS en mayo, el portal explica:

  • Tome en cuenta su sueldo mensual, luego súmele 1/6 de su gratificación (divida su gratificación entre seis).
  • Ese monto, divídalo entre 360 y luego multiplíquelo por los días laborados (para todo el semestre, serían 180).

Por ejemplo, con un sueldo básico de S/ 1,500:

  • 1/6 de gratificación: S/ 250
  • Sueldo básico más 1/6 de gratificación: S/ 1,500 + S/ 250 = S/ 1,750
  • Sueldo más 1/6 de gratificación entre 360 días: 1.750/360 = 4.86
  • Monto obtenido anteriormente por cantidad de días trabajados (si laboró un semestre completo, se multiplica por 180) = 4.86 * 180 = S/ 874.8
  • Así, para el ejemplo, lo que recibirá de CTS sería S/ 874.8 aproximadamente.

¿SE PODRÁ RETIRAR EL 100% DE LA CTS?

Como establece la Ley N° 30334, los trabajadores solo podrán acceder al 100% de su CTS si el beneficio excede a cuatro sueldos. Así también deberás estar desempleado para que el beneficio se retire del banco que el usuario eligió para su depósito intangible.

¿QUÉ ES LA CTS?

La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), es un beneficio social cuyo objetivo principal es proteger al trabajador en caso este pierda su puesto de trabajo. Se trata de dos depósitos que se realizan en los meses de mayo y noviembre que en conjunto suman aproximadamente un sueldo.