Desde cuándo México pedirá visa a los peruanos que deseen ingresar a su territorio
Desde cuándo México pedirá visa a los peruanos que deseen ingresar a su territorio
Redacción EC

Después de 12 años, el Gobierno de tomó la decisión de volver a solicitar a los peruanos para poder ingresar a su territorio. Las autoridades mexicanas dispusieron que esta medida será temporal y se llevará a cabo en los próximos días con algunas excepciones. Todos los detalles sobre esta previsión en la siguiente nota.

¿DESDE CUÁNDO SE EMPEZARÁ A PEDIR VISA PARA MÉXICO?

Después de 12 años, el Gobierno de AMLO aprobó y publicó a través del Diario Oficial de la Federación (DOF) la solicitud de visa para todos los ciudadanos peruanos que deseen ingresar a su territorio. Además, señalaron que esta medida será de manera momentánea y que se espera que se elimine dentro de poco.

“A partir de la entrada en vigor del presente acuerdo, las personas nacionales de la República del Perú que pretendan ingresar al territorio nacional con la condición de estancia de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas, deberán tramitar la visa ante la autoridad consular mexicana, en términos de los trámites 1 y 2 de los lineamientos generales para la expedición de visas que emiten las secretarías de Gobernación y de Relaciones Exteriores”, mencionó el artículo 2 del acuerdo de la Secretaría de Gobernación.

Asimismo, la primera disposición transitoria del Acuerdo determina que se empezará a pedir visa a peruanos y peruanas dentro de los 15 días naturales siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, o sea desde este sábado 20 de abril. Este visado se aplicará para aquellas personas que quieran ir al país azteca con el objetivo de realizar turismo y negocios. Aunque si ya cuentas con un viaje programado antes de dicha fecha no será indispensable la solicitud del documento.

¿POR QUÉ MÉXICO PEDIRÁ VISA A LOS PERUANOS?

De acuerdo informan en el comunicado de Secretaría de Gobernación de México, se tuvieron que considerar ciertos puntos para volver a exigir la visa a los peruanos tras 12 años. Uno de los motivos que tomaron en cuenta fue la gran cantidad migratoria de nacionales que se dirigen al país centroamericano para realizar actividades no permitidas, como laborar, quedarse más tiempo de lo debido o ingresar a un tercer país.

“Que se ha identificado un incremento sustancial de nacionales peruanos que ingresan al territorio nacional al amparo de la decisión antes señalada, con la finalidad de realizar actividades distintas a las permitidas por la condición de estancia de Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas (...), robusteciendo la posibilidad de que un número significativo de personas pretendan utilizar la supresión de visa indebidamente”, indica el informe.

¿QUÉ TIPOS DE VISA PUEDEN SOLICITAR LOS PERUANOS PARA VISITAR MÉXICO?

  • Visa de turismo: el plazo para visitar al país norteamericano se mantiene en menos de 180 días, pero ahora estará permitido solo para quienes soliciten este tipo de visa.
  • Visa por invitación: el plazo de permanencia no debe ser mayor a los 180 días. Esta visa aplica para quienes reciban una invitación por parte de una organización o institución. Esta no debe ser remunerada.
  • Visa de estudios: podrán aplicar los que deseen estudiar en el país azteca en un plazo de menos de 180 días.
  • Visa para ministro de culto o misioneros: esta visa permite asistir a una actividad organizada por una entidad religiosa registrada en la Secretaría de Gobernación
  • Visa de residencia temporal por oferta de empleo: para migrantes que deseen trabajar para un empleador en México que ya tramitó su permiso de trabajo en el Instituto Nacional de Migración.
  • Visa de residencia temporal estudiante: para quienes desean cursar estudios en México por más de 180 días.
  • Visa de residencia temporal para familiares de residentes temporales o residentes temporales estudiantes para instancias mayores a 180 días.
  • Visa de residencia temporal para familiares de mexicanos o de residentes permanentes para estancias mayores a 180 días.

Contenido sugerido

Contenido GEC