Pensión de viudez 2023 | Qué monto me corresponde si mi pareja fallece y cómo realizar el trámite
Pensión de viudez 2023 | Qué monto me corresponde si mi pareja fallece y cómo realizar el trámite
Redacción EC

Pasar la experiencia de la muerte de un familiar o ser querido puede ser uno de los momentos más difíciles y tristes para el ser humano, más aún si es tu pareja o cónyuge. En esos momentos llenos de pena es dificultoso poder concentrarse en los deberes que trae consigo un fallecimiento.

No obstante, incluso en esta difícil etapa, los viudos o viudas no se encuentran libres a deberes y derechos. Entre ellos está el derecho a obtener una pensión por la condición en la que se encuentra o también conocida como pensión de viudez.

¿CUÁL ES EL MONTO QUE TE TOCA POR EL FALLECIMIENTO DE TU PAREJA?

Este derecho fundamental que tienen los viudos se basa sobre el Decreto Ley N.º 19990, el cual indica que todo viudo o viuda en el Perú tiene derecho a recibir una pensión, con la condición de que su pareja haya sido pensionista durante su vida y otros requisitos.

Además, las cónyuges viudas de pensionistas de la ONP en cualquier edad cuentan con el derecho a recibir la pensión. Por otro lado, en el caso de los hombre solo le toca a aquellos que son mayores de 60 años o estén inválidos. Si los viudos cumplen con alguna de estas características, ellos recibirán el 50 % de lo que le haya correspondido en vida al asegurado.

¿CUÁLES SON LOS CONDICIONES EN LA QUE DEBES ESTAR PARA OBTENER LA PENSIÓN DE VIUDEZ?

  • El cónyuge o conviviente de la afiliada fallecida o pensionista tenga un problema de discapacidad para el trabajo o sea mayor de 60 años.
  • El matrimonio debe haberse celebrado por lo menos un año antes del fallecimiento del afiliado y antes que él cumpla 60 años si fuese hombre o 50 años si fuese mujer, o más de dos años antes del fallecimiento de haberse celebrado el matrimonio a una edad mayor de las indicadas.
  • La unión de hecho debe haberse producido por lo menos 2 años antes del fallecimiento. Si no se realizó la inscripción registral podrá realizar el reconocimiento en forma judicial.

Cabe señalar que todas las condiciones anteriores no son importantes y quedan afuera en estos casos:

  • El fallecimiento del causante se haya producido por accidente (Se pedirá se te pedirá el parte policial o el certificado de necropsia).
  • Tengan o hayan tenido uno o más hijos comunes (deberás presentar la partida o acta de nacimiento que lo acredite, si no está registrada en el Reniec).
  • La viuda se encuentre gestando a la fecha de fallecimiento del asegurado.

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS?

  • Solicitud según Formato, que incluye declaración jurada de autenticidad de documentos.
  • Copia simple del Certificado Médico de discapacidad emitido por el Seguro Social de Salud (EsSalud), establecimientos de salud pública del Ministerio de Salud o Entidades Prestadoras de Salud.
  • Copia simple del Parte Policial o Atestado Policial o Certificado de Necropsia (aplica para cuando el fallecimiento del causante se produce por accidente).
  • Copia simple del Certificado Médico emitido por el Ministerio de Salud, EsSalud o una Entidad Prestadora de Salud - EPS (aplica solo para cuando la cónyuge o integrante de la unión de hecho se encuentra en estado grávido a la fecha de fallecimiento del asegurado).

¿CÓMO PUEDO REALIZAR EL TRÁMITE PARA SOLICITAR LA PENSIÓN DE VIUDEZ?

Si deseas solicitar la Pensión de Viudez del Decreto de Ley. N° 19990, lo puedes realizar mediante este . Allí tendrás que seguir los siguientes pasos:

  1. En la primera opción selecicón “Pensión de viudez - causante pensionista”.
  2. Coloca los datos de la persona fallecida
  3. coloca tus datos personales
  4. Selecciona la modalidad de pago y en qué banco deseas recibir si pusiste depósito
  5. Si tienes dificultades para movilizarte de manera independiente u otros casos complicados, dale check al “Solicito Atención Preferente”.
  6. Al finalizar dale a “enviar” y espera respuesta en el correo electrónico o número de teléfono.

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