El listado de celebraciones anuales tanto cívicas como patrióticas en Perú, contempla hoy bajo normativa legal y reconocimiento laboral, el goce de descanso remunerado dirigido a los sectores más importantes del país. Al respecto, resulta importante destacar que desde el 2024, los feriados nacionales ascienden a 16, y junto a los denominados días no laborables, millones de personas tienen la chance de hasta disfrutar de ‘puentes festivos’ como el segundo y penúltimo correspondiente al mes de diciembre. Te contamos por ello a continuación todos los detalles, cuándo es, qué fechas incluye, para quiénes aplica, y mucho más con miras al venidero año.
¿CUÁNDO ES EL SEGUNDO FERIADO LARGO EN DICIEMBRE 2024 Y QUIÉNES LO GOZAN COMO DESCANSO REMUNERADO?
A nivel nacional, la celebración de efemérides representa el goce de días con descanso remunerado, y excepcionalmente la conexión con días no laborables que anualmente suelen conformar el denominado ‘puente festivo’, siendo diciembre en 2024 el mes que culminará teniendo feriados extendidos según lo disponen normativas gubernamentales.
Con respecto a ello, pasamos a contarte que el segundo y penúltimo fin de semana largo en Perú tras conmemoración del Día de la Inmaculada Concepción y Batalla de Ayacucho, arranca el sábado 21 considerando que es jornada usual de asueto al igual que el domingo 22 previo a la Navidad, en tanto la continuidad figura conformada por los denominados no laborables que provienen de propuestas legislativas.
El lunes 23 y martes 24 de diciembre, según lo dispone el Decreto Supremo 011, los trabajadores del sector público de manera compensable y también prioritaria, proseguirán descansando hasta la culminación del ‘puente festivo’ que se dará gracias al tradicional feriado navideño enmarcado en Decreto Legislativo N° 713.
Resulta importante destacar, que finalmente el último feriado largo de 2024 estará conformado por los días no laborables previos al 1 de enero como lunes 30 y 31 del duodécimo mes del año, y a partir de entonces los empleados de empresas privadas también, inician nuevo periodo con descanso remunerado aprovechando cada uno de los 16 asuetos calendarizados por el Gobierno.
LOS 16 FERIADOS NACIONALES QUE CONFORMAN CALENDARIO FESTIVO PERUANO PARA EL 2025
- Enero
- Miércoles 1, Año Nuevo
- Abril
- Jueves 17 y Viernes 18, Semana Santa
- Mayo
- Jueves 1, Día del Trabajo
- Junio
- Sábado 7, Batalla de Arica y Día de la Bandera
- Domingo 29, San Pedro y San Pablo
- Julio
- Miércoles 23, Día de la Fuerza Aérea del Perú
- Lunes 28 y Martes 29, Fiestas Patrias
- Agosto
- Miércoles 6, Batalla de Junín
- Sábado 30, Santa Rosa de Lima
- Octubre
- Miércoles 8, Combate de Angamos
- Noviembre
- Sábado 1, Día de Todos los Santos
- Diciembre
- Lunes 8, Inmaculada Concepción
- Martes 9, Batalla de Ayacucho
- Jueves 25, Navidad
¿QUÉ DIFERENCIA A UN DÍA NO LABORABLE DE UN FERIADO EN PERÚ? ESTO SE SABE SEGÚN DECRETO SUPREMO
Las leyes en Perú empezaron a calendarizar los feriados desde 1991, y los días no laborables según decretos supremos como el 011 de 2024, estando ambos conceptos destinados a beneficiar a los trabajadores del sector público y también privado, pero con variaciones entre sí de acuerdo a lo establecido también por el Decreto Legislativo 713.
Teniendo en cuenta ambos términos, podemos definir que la diferencia entre ambos radica en que el primero de los mencionados corresponde a fechas festivas celebradas anualmente bajo normativa, y terminan convirtiéndose en un derecho al descanso remunerado, mientras el segundo forma parte de disposiciones gubernamentales establecidas para favorecer a instituciones del Estado, y deben ser compensadas en días inmediatos posteriores al goce de la jornada puntual.
La finalidad de decretar los días no laborables compensables, según el Decreto Supremo 011, tiene por objetivo fomentar el turismo interno, y en la mayoría de los casos construir un puente festivo que signifique mayor impacto en la promoción de la actividad turística y receptiva, en tanto, los feriados nacionales calendarizados son fijados con anticipación y forman parte de un cronograma establecido para el descanso de los trabajadores como un derecho laboral.
ESTO DEBEN PAGARTE SI LABORAS EL FERIADO POR NAVIDAD 2024
A nivel público-privado, millones de trabajadores en Perú tienen derecho a gozar de un descanso remunerado durante cada feriado nacional establecido mediante Decreto Legislativo N° 713, y con motivo de la Navidad 2024 no será la excepción, siendo la oportunidad perfecta para viajar y aprovechar el segundo y penúltimo ‘puente festivo’ que completa calendario.
Sin embargo, el 25 de diciembre al caer día miércoles, puede hacer que algunas empresas o entidades públicas requieran de tus servicios y te soliciten laborar en dicha fecha pese a figurar contemplado como asueto oficialmente.
En ese sentido, y tomando en cuenta lo expresado por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), cada trabajador en coordinación con su jefe de turno, puede llegar a un acuerdo en virtud a las necesidades del trabajo donde te encuentras a fin de efectuar labores con normalidad durante el feriado navideño, implicando por consiguiente el pago extra y adicional de diversos conceptos ligados a la remuneración percibida cada 15 o 30 días.
Con respecto al hecho de que una persona trabaje el miércoles 25 de diciembre de 2024, resulta importante resaltar que si en caso tu empleador te otorga un día de descanso sustitutorio o compensatorio a cambio del asueto laborado, ya no recibirás la suma adicional.
A propósito de ello, y según información compartida por la Sunafil, te detallamos los siguientes conceptos considerando que como trabajador que asiste a su centro de labores o lleve a cabo sus funciones de manera remota durante el último feriado nacional, tienes derecho a percibir hasta un pago triple regulado por ley:
- Sobretasa del 100%.
- Monto de la remuneración por feriado nacional ya incluido en el pago mensual (25/12).
- Monto por la retribución correspondiente a la labor efectuada.
Ten en cuenta, que este triple pago asumido por la empresa o entidad para la cual laboras, lo verás reflejado en tu cuenta bancaria el mismo día que recibes tu abono junto a la remuneración mensual, mientras que su cálculo puedes resolverlo de manera práctica y sencilla gracias a una combinación matemática establecida por la Sunafil.
El pago triple o triple pago es un término muy utilizado cuando se trata de referirnos al derecho que tiene todo trabajador peruano de cobrar un monto extra debido a la ejecución de labores en un feriado calendario.
Ante lo expuesto, te ofrecemos el siguiente ejemplo para que personalmente tengas la capacidad de calcular el monto exacto que adicionalmente percibirás si trabajas el miércoles 25 de diciembre:
- Si un trabajador de sector público o privado percibe de manera mensual el monto ascendente a los S/1,500, dicha cifra debe dividirse entre 30 días laborados, por ejemplo, dando así como resultado un total de 50 soles diarios.
Según el cálculo matemático, este último monto generado de manera continua en el centro de labores tiene que ser multiplicado por 3 considerando los conceptos detallados líneas arriba (S/150), es decir, que a fines de enero, tu empleador debería abonarte de manera obligatoria un monto ascendente a los 1,650 soles.