Esta es la posición del MEF respecto al retiro de la CTS en el 2024
Esta es la posición del MEF respecto al retiro de la CTS en el 2024
Redacción EC

En la actualidad, la Compensación por Tiempo de Servicios () es un beneficio que se le otorga a los trabajadores peruanos con el objetivo de cubrir algunos gastos imprevistos, pues se encuentra estipulado en la ley nacional. Sin embargo, el Congreso de la República esta a poco de aprobar un nuevo retiro de la CTS, por lo que el ministro de Economía y Finanzas, , se pronunció al respecto y mostró su inconformidad ante este dictamen. Todos los detalles sobre sus declaraciones en la siguiente nota.

¿QUÉ DIJO EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS, JOSÉ ARISTA ANTE UN NUEVO RETIRO DE LA CTS?

Luego de que las comisiones de Economía y de Trabajo del Congreso admitieran un nuevo retiro total de la CTS para todo este 2024, uno de los que no estuvo de acuerdo fue el titular del MEF, José Arista. El ministro señaló que dicho beneficio es un fondo de contingencia para el mismo trabajador, por lo que aún no dejó en claro si observará tal proyecto ya que primero tendría que ser aprobada por el pleno del Congreso.

“Aprovechamos para invocar al Congreso, sobre esta norma referida al retiro de la CTS, para que sea respetando un mínimo (de fondos intangibles), que yo estimo debería ser, aproximadamente, de cuatro meses de desempleo”, sostuvo el funcionario.

“Como ustedes saben, la CTS permite a un profesional mantener ingresos en los tiempos en los cuales está cambiando de trabajo. Yo pediría al Congreso que autorice un piso mínimo de 4 meses”, agregó Arista tras una reunión del gabinete ministerial.

Como se sabe, la Ley 30334, publicada en 2015, autoriza a los empleados contar libremente del 100% del excedente de cuatro remuneraciones brutas de los depósitos por CTS realizados por los establecimientos bancarios y que tengan acumulados a la fecha de disposición.

¿CUÁNDO DEPOSITAN LA CTS 2024?

A continuación, te presentamos las dos fechas en la cual las empresas están obligadas a realizar el deposito de la CTS y estas son:

  • Durante los primeros 15 días de Mayo (Máximo hasta el 15 de mayo).
  • Durante los primeros 15 días de Noviembre (Máximo hasta el 15 de noviembre).

¿QUIÉNES RECIBEN LA CTS EN EL PERÚ?

  • Todos los empleados del régimen privado que trabajan, como mínimo, una jornada de cuatro horas todos los días.
  • Los empleados de pequeñas empresas que reciban 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios. El máximo de remuneraciones diarias es de 90.
  • En el caso de los trabajadores agrarios, la CTS se encuentra incluida dentro de la remuneración diaria a razón del 9.72% del sueldo básico. No obstante, el colaborador puede solicitar el abono de forma diferenciada y semestral, como en el régimen laboral común.
  • Los trabajadores del hogar han sido incluidos recientemente. A ellos se les deberá abonar la CTS en las mismas condiciones que el régimen laboral común.

¿QUÉ ES LA CTS?

La CTS o también conocida como Compensación por Tiempo de Servicios, es un beneficio laboral que se encuentra establecido en nuestro país. Aquí se abre un fondo de ahorro donde los empleadores tienen que depositar en una cuenta bancaria a nombre de sus trabajadores para que se pueda asegurar su estabilidad económica ya sea si se encuentra sin trabajo o para otros casos.

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