Llega el último mes del año y los feriados y días no laborables son las fechas que más esperan los ciudadanos en el país, ya que les permiten desconectar de la rutina y llevar a cabo diversas actividades fuera de sus horarios laborales. Los trabajadores del sector público y privado son los más beneficiados con estos días festivos, pues muchos de ellos aprovechan para descansar y disfrutar en familia o, en todo caso, recibir una remuneración extra por trabajar en un día inhábil. De esta manera, se aproxima un feriado largo en el Perú este domingo 8 y lunes 9 de diciembre debido a importantes celebraciones cívicas. En la siguiente nota, te contamos todos los detalles.
¿POR QUÉ ES CONSIDERADO FERIADO EL 8 Y 9 DE DICIEMBRE EN PERÚ?
Según el Decreto Legislativo 713 y el Decreto Supremo 11-2024-PCM, el mes de diciembre cuenta con tres feriados y cuatro días no laborables, lo que favorecerá al sector turismo, ya que los peruanos planearán muchas actividades. Entre ellas está el próximo viernes 6 de diciembre, que ha sido considerado como día no laborable para el sector público, mientras que el sector privado puede acogerse a esta medida con la condición de que exista un acuerdo entre el empleador y el trabajador para recuperar las horas no laboradas. Asimismo, este día se empalma con el feriado del 8 de diciembre por el Día de la Inmaculada Concepción, creando un feriado largo que se extiende hasta el lunes 9, feriado por la Batalla de Ayacucho.
¿CUÁNTO SE PAGA POR TRABAJAR EN FERIADO EN PERÚ?
Según el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 713, los trabajadores tienen derecho a recibir, por el feriado nacional, la remuneración ordinaria correspondiente a un día de trabajo, es decir, que se les pagará sin tener que ir a trabajar. Por su parte, las personas que deban laborar en este día inhábil (de manera remota o presencial) tendrán el beneficio de recibir una remuneración triple.
- La remuneración correspondiente al día feriado (ya incluida en la remuneración mensual que te toca)
- La remuneración diaria correspondiente a la mano de obra efectuada
- Un monto adicional equivalente a una sobretasa del 100% de la remuneración diaria correspondiente a la mano de obra efectuada.
Es importante mencionar que si un feriado cae el mismo día del descanso semanal, ambos se superponen. Conforme señala el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), solo sería un día de descanso y el colaborador no obtendría ningún pago adicional, a menos que sea el Día del Trabajo, pues en caso coincida con el día en que un empleado descansa, sí tendría derecho a recibir una remuneración de dos pagos diarios: por el feriado y el día de descanso semanal.
¿CÓMO SE CALCULA EL PAGO DEL FERIADO?
A continuación, te presentamos la manera que te permitirá calcular el monto por haber trabajado en feriado. En caso recibas una remuneración mensual de S/1,500 (50 soles diarios), el pago que te corresponde es el siguiente:
- Una remuneración por el feriado (S/50)
- Una remuneración por el trabajo realizado (S/50)
- Sobretasa del 100 % (S/50)
Por lo tanto, debes tener en cuenta que el total que deberías recibir es S/150 por el día feriado laborado.
¿QUÉ DIFERENCIA HAY ENTRE FERIADO Y DÍA NO LABORABLE?
En los días considerados feriados, el empleado deberá descansar y percibir su remuneración habitual. Sin embargo, en algunos casos, se acuerda que trabajen esos días, sin descanso sustitutorio posterior, por lo que tendrán derecho a recibir un pago triple.
Con respecto a los días no laborables, estos están dirigidos únicamente a los trabajadores del sector público. Este día se considera hábil, y, a diferencia de un feriado, las horas no trabajadas deben compensarse en los diez días posteriores o en la fecha que determine el titular de cada entidad pública, en función de sus propias necesidades.
En el sector privado, los días no laborables son voluntarios, por lo que corresponderá al empleador y a los trabajadores acordar la forma en que se hará efectiva la recuperación de las horas no laboradas. En caso de no llegar a un acuerdo, lo decidirá el empleador.