Algunas familias enfrentan problemas económicos que les dificultan cumplir a tiempo con respectivos pagos, como el alquiler de una casa, la cuota de un préstamos bancario o la pensión escolar. En este último punto, los padres y madres temen que el centro educativo donde estudia su menor hijo tome una medida drástica como colocarlos en una lista pública de deudores.
En esta línea, con el objetivo de aliviar la preocupación de los padres de familia, Rosa Morán, funcionaria de la dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), explicó cómo se afronta estos escenarios.
¿QUÉ HACER SI APARECE MI NOMBRE EN LA LISTA DE MOROSOS DEL COLEGIO DE MI MENOR HIJO?
Primero que nada, debemos señalar que en caso de que exista un retraso en los pagos mensuales, una institución educativa no debe hacer uso de fórmulas intimidatorias en la cobranza. “No puede publicar una lista de deudores o hacer pública su situación frente a otros usuarios porque generaría un perjuicio para su dignidad”, precisó Morán para la agencia Andina.
En este sentido, si un padre o madre de familia sufre este tipo de intimidación, debe registrar el hecho en el libro de reclamaciones del centro educativo, quien deberá absolver el asunto en un plazo de hasta 15 días hábiles. En caso contrario, también se puede acudir directamente a Indecopi a reportar el incidente.
Una vez hecha la denuncia ante la entidad estatal, los órganos resolutivos evaluarán el caso para determinar si la institución educativa ha cometido una falta. En caso de un fallo en su contra, el colegio recibirá desde una amonestación hasta una multa de hasta 450 UITs, que superan los 2 millones de soles, según explica la vocera del Indecopi.
¿CUÁLES SON LOS ÚNICOS COBROS QUE PUEDE REALIZAR UN COLEGIO PRIVADO?
De acuerdo con Rosa Morán, solo son tres los cobros permitidos que pueden realizar los colegios particulares:
- La cuota de ingreso, cuando se trata de un alumno nuevo.
- El cobro de la matrícula, que se realiza de manera anual.
- El cobro de las pensiones, que se efectúa de forma mensual y cuyo pago no debe ser exigido de forma adelantada.
La funcionaria del Indecopi también recuerda que está prohibido forzar el pago de rifas, bingos, compra de libros nuevos, útiles escolares de una marca específica o forzar a adquirir los uniformes ya sea dentro de la institución o en algún lugar específico.
¿CÓMO RECLAMAR ANTE INDECOPI?
Si deseas reportar un hecho irregular de una escuela o algún incidente que afecte directamente a tus derechos, inclusive de forma anónima, puedes escribir un correo a la siguiente dirección electrónico: colegios@indecopi.gob.pe.
Asimismo, puedes promover una solución directa con el colegio a través del correo sacreclamo@indecopi.gob.pe. También puedes presentar un reclamo virtual en la plataforma web de Indecopi y en las líneas telefónicas 224-7777 (Lima) y 0800-4-4040 (provincias).
¿QUÉ ES INDECOPI?
El Indecopi, como Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, coordina y dirige el Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor y preside el Consejo Nacional de Protección del Consumidor conformado por miembros del Estado, los consumidores y el empresariado.
Posee órganos administrativos competentes y especializados para conocer las presuntas infracciones a las disposiciones contenidas en el Código de Protección y Defensa del Consumidor, así como para imponer las sanciones y medidas correctivas establecidas en ella.
El Indecopi ejecuta la política nacional de protección del consumidor y el Plan Nacional de Protección de los Consumidores, propone la normativa en materia de consumo, con la opinión de los sectores productivos, de servicios y de consumo, y formula y ejecuta las acciones necesarias para fortalecer tu protección y los mecanismos para la defensa de tus derechos.