(Foto: Shutterstock)
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Elmer Huerta

La semana pasada, la Defensoría del Pueblo anunció que asumirá la defensa de la ciudadana Ana Estrada por una muerte en condiciones dignas. ¿Quién es ella y a qué se refiere esa entidad con lo último?

Ana Estrada Ugarte es una mujer peruana de 42 años, psicóloga de profesión, que desde su adolescencia padece de polimiositis, una enfermedad degenerativa muscular, crónica y progresiva, que la ha dejado completamente paralizada (solo puede mover el dedo índice derecho). Ella ha desarrollado ya una severa debilidad muscular respiratoria, por lo que debe conectarse a un respirador mecánico durante la noche y gran parte del día, y tiene, por lo tanto, un tubo de traqueostomía, a través del cual recibe constante aspiración bronquial. Debido a que le es dificultoso deglutir, tiene un tubo externo conectado a su estómago para su alimentación. En este momento, la vida de Ana depende completamente de cuidado médico profesional durante las 24 horas. Su capacidad intelectual está intacta y escribe un expresivo blog en el que comparte magistralmente sus emociones.

Ana Estrada padece de polimiositis, una enfermedad degenerativa muscular, crónica y progresiva, que la ha dejado completamente paralizada. (Foto: Ana Estrada)
Ana Estrada padece de polimiositis, una enfermedad degenerativa muscular, crónica y progresiva, que la ha dejado completamente paralizada. (Foto: Ana Estrada)

Lo singular de esta mujer –a diferencia de miles de peruanos que puedan estar pasando por la misma situación– es que ella se ha convertido en la primera, fuerte y única voz de un tema que mucha gente rechaza: el derecho a una muerte digna.

Cuenta Ana en su blog que al percatarse de que estaba completamente paralizada, después de una larguísima estadía en la unidad de cuidados intensivos, se dio cuenta también de que había perdido completamente su autonomía y privacidad. Eso la llevó a preguntarse si debía tener el derecho de decidir cuándo, dónde y cómo morir. Ella es muy clara al respecto: no quiere morir ahora, ama la vida. Lo que exige es el derecho humano fundamental de tener la libertad de poder decidir el momento y el modo en que quisiera morir.

Lamentablemente, el Perú no cuenta con ninguna legislación para ayudarla. El Código Penal castiga con cárcel –no mayor de tres años– a quien “por razones de piedad” ayude en la muerte de un ser humano. Aquel que ayude a una persona a cometer suicidio recibirá una condena no menor de un año y mayor de cuatro.

La Defensoría del Pueblo, “en su rol de garante y promotor de los derechos fundamentales, asumirá su caso [el de Ana] ante los tribunales nacionales para que se respete y garantice la voluntad libre e informada de una persona de decidir el cese de su vida, cuando ante ciertas condiciones, como es este caso, se afecta grave e irreversiblemente su dignidad humana”.

La entidad justifica su intervención diciendo que si el Tribunal Constitucional reconoce ya el derecho a la dignidad, a la integridad, a la vida digna y al libre desarrollo de la personalidad, el Estado debería también reconocer el derecho a la muerte en condiciones dignas. En otras palabras, al estar Ana Estrada aquejada de una enfermedad degenerativa e irreversible, que atropella su derecho a la dignidad, integridad y libre desarrollo de su personalidad, es inevitable concluir que el Estado debe entonces reconocer, proteger y garantizar este derecho.

El argumento se refuerza –dice la defensoría– cuando existen “tratados internacionales [que] establecen obligaciones al Estado Peruano de respetar, proteger y garantizar los mencionados derechos, e igualmente, regulan el de no ser sometido a tortura ni sufrir tratos crueles e inhumanos”.

El derecho a una muerte digna combate al encarnizamiento terapéutico, definido como la administración de tratamientos desproporcionados que prolongan la agonía de enfermos terminales. (Foto referencial: Archivo)
El derecho a una muerte digna combate al encarnizamiento terapéutico, definido como la administración de tratamientos desproporcionados que prolongan la agonía de enfermos terminales. (Foto referencial: Archivo)

Definiciones

Para que el Estado reconozca, proteja y garantice el derecho de las personas de acceder a una muerte en condiciones dignas, es importante establecer definiciones básicas para uniformizar criterios y legislar acordemente. Aún existe confusión –incluso entre expertos– acerca de algunas definiciones. Esbozaremos algunas de ellas.

Eutanasia. Del griego ‘eu’ (bueno) y ‘thanatos’ (muerte), sería entendida como una buena muerte o muerte sin sufrimiento. Puede ser activa, cuando el médico proporciona directamente una inyección letal al enfermo, o pasiva, en la cual se suspende el soporte básico que le está alargando la vida a la persona. En ambos casos, la finalidad es la misma: acabar con una vida enferma. Solo cinco países han legalizado la eutanasia activa, entre los que está Colombia desde 1997.

Muerte con ayuda médica. Aquí, el médico ayuda intencionalmente a una persona a terminar su vida, prescribiendo medicamentos que el enfermo debe tomar sin ayuda de nadie. Los fármacos deben ser solicitados de manera voluntaria por una persona mentalmente competente. Es legal en Washington D.C. y nueve estados de EE.UU. Es también llamado suicidio asistido.

Cuidados paliativos. Es un conjunto coordinado de medidas de prevención y alivio del sufrimiento que se emplea por medio de la identificación temprana y el tratamiento del dolor y otros problemas físicos, psicosociales y espirituales, y se hace en casa o el hospital.

Enfermo desahuciado. Aquel que padece una enfermedad para la que no existe un tratamiento curativo y que es mortal, aunque no necesariamente a corto plazo. Es el caso de Ana Estrada.

Enfermo terminal. Aquel que padece una enfermedad irrecuperable, previsiblemente mortal a corto plazo (menos de seis meses).

Es importante entender que el derecho a una muerte digna combate al encarnizamiento terapéutico, definido como la administración de tratamientos desproporcionados que prolongan la agonía de enfermos terminales.

Corolario

La lucha de Ana por sus derechos recién empieza, aunque, por los ataques que ha recibido, será dura. Como muestra este mensaje escrito en Twitter: “La única muerte digna es la muerte natural. Si la señora quiere acabar con su vida, existen varios mecanismos que no involucran el legalizar otro modelo de asesinato. Y eso es el suicidio asistido. ¿Por qué tengo que pagar con mis impuestos esto?”.

A propósito de esto, ¿ya pensó usted cómo quisiera morir?

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