Pensión de alimentos: ¿Qué hacer con los padres que no pagan?

En cinco años, el Poder Judicial ha incorporado a más de mil personas en su Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM), que alberga a quienes por tres meses consecutivos o alternados no han cumplido con otorgar una pensión alimenticia a su menor hijo. 

En conversación con El Comercio, Elizabeth López, abogada asociada del Estudio Rodríguez Angobaldo Abogados, manifestó que la persona que desea demandar una pensión de alimentos puede optar por dos vías: la conciliación o iniciar una demanda civil. 

"Una conciliación es lo óptimo", manifiesta López, tras resaltar la agilidad del proceso, que en comparación a un juzgado, que aproximadamente puede durar un año y medio, pude durar algunas semanas. 

Si la conciliación se hace en centro particular el costo pude oscilar entre S/200 y S/300. En caso no se tenga esos recursos, el acreedor alimentario puede acudir a una municipalidad y solicitar que se invite a conciliar a la otra parte, recuerda la abogada.

En el formato que se entregue a la municipalidad se debe indicar la dirección del padre o madre que no otorga la pensión de alimentos, y los gastos que tiene la persona que solicita la pensión. No es necesaria la presencia de un abogado, solo que el hijo haya sido reconocido legalmente por ambos padres. El acuerdo al que se llegue en la conciliación tendrá el mismo valor que el de una sentencia judicial.

¿Y si no es suficiente? Se puede optar por la vía legal y recurrir a un Juzgado de Paz Letrado, donde se presentará un modelo de demanda de alimentos, que incluirá medios probatorios como recibos por gastos de alimentos, gastos relacionados a la salud, la educación, entre otros.

El proceso judicial se compone básicamente de tres etapas: la demanda civil, la contestación de la demanda, y la audiencia única, en esta última el juez puede expedir sentencia o reservar su decisión en un plazo máximo de 10 días.  "El acreedor alimentario no está obligado al pago de aranceles judiciales, sin embargo el deudor si", anota la abogada.

EL DATO
Si no se cumple con el acuerdo producto de la conciliación se puede iniciar un proceso llamado ejecución de acta de conciliación extrajudicial.  

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