El régimen tributario establece la manera en la que se pagan los impuestos y los niveles de pagos de los mismos. (Fuente: Andina)
El régimen tributario establece la manera en la que se pagan los impuestos y los niveles de pagos de los mismos. (Fuente: Andina)
Israel Lozano Girón

La Comisión de Economía y Finanzas del aprobó por mayoría el dictamen que busca sincerar el pago de los intereses que hace la Sunat al momento de las devoluciones por retenciones, pagos indebidos o en exceso hechos al contribuyente.

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La medida, según se explicó durante el debate, busca equiparar y dar un trato igualitario a los intereses que el Estado aplica a las deudas tributarias y también a las devoluciones.

“La propuesta sostiene que el costo financiero de un Sol dejado de pagar al Estado o un Sol que se paga en exceso o indebidamente, tiene el mismo valor económico y financiero para el Estado y para el contribuyente. Mientras, por un lado, el contribuyente sufre financieramente por la falta de liquidez que le genera no contar con dichos fondos”, se lee en el dictamen.

Por ejemplo, un pequeño empresario de Gamarra quiere pagar el impuesto a la renta mensual de su actividad empresarial de S/2.000. Por error hace el pago al Régimen MYPE con código 3121, cuando el contribuyente estaba afecto al pago del impuesto a la renta del RER con código de tributo: 3111 Régimen Especial de Renta (RER).

Este error simple le genera un problema a la Mype. Por un lado, se genera una deuda con el RER con una tasa de interés moratorio que - a la fecha y según resolución de Sunat- es de 0,9% mensual. A su vez, se genera un monto de devolución con intereses a favor del contribuyente de 0,42% mensual. Es así que el dictamen plantea equiparar ambas tasas a 0,9%.

Con ello, según se explica en el dictamen, también se buscará persuadir a la administración tributaria de ser más eficiente en sus procesos.

La medida, al ser aprobada en comisión con 13 votos a favor, pasará a si discusión al pleno del Congreso para su debate.


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