Las sanciones van de 8 a 15 años de cárcel. Si hay de por medio un agravante, aumenta de 10 a 20 años, y si este es mayor, de 25 a 35 años de prisión. (Foto: GEC/referencial)
Las sanciones van de 8 a 15 años de cárcel. Si hay de por medio un agravante, aumenta de 10 a 20 años, y si este es mayor, de 25 a 35 años de prisión. (Foto: GEC/referencial)
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Redacción EC

El Poder Judicial advirtió que el delito de lavado de activos utilizando se viene triplicando en el Perú.

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Según la base de datos de la Encuesta Nacional de Riesgo de Lavado de Activos realizada por la Superintendencia de Banca y Seguros, las cifras de 50 casos en 2016, del 2010 y 2023, han sobrepasado el centenar.

El juez supremo Víctor Prado Saldarriaga indicó que la criptomoneda en el lavado de activos es proveniente de actividades como la tala ilegal y en el tráfico de vida silvestre. Esta es guardada en billeteras digitales que son anónimas y “cuando lo necesita lo vuelve a transformar en dinero fiat (por decreto)”.

Prado Saldarriaga precisó que las sanciones para esta modalidad delictiva van desde los 8 a los 15 años de cárcel. Pero, si hay de por medio un agravante, aumenta de 10 a 20 años, y si este es mayor, de 25 a 35 años de prisión.

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Dijo que entre los principales agravantes es “cuando el autor del delito tiene una función afín al control y prevención del lavado de activos, como puede ser un agente del sistema financiero, del sistema bursátil, un funcionario público de la unidad financiera o del Poder Judicial”.

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