¿Debe el Estado aprobar el protocolo del aborto terapéutico?
¿Debe el Estado aprobar el protocolo del aborto terapéutico?
Redacción EC

A FAVOR

  1. Rosa Mavila / Congresista de la República por la bancada de Acción Popular-Frente Amplio
  2. Obligación pendiente

El es parte del debate concerniente a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. Se encuentra penalizado desde el de 1924, a excepción del terapéutico, cuando la vida de la madre se encuentra en peligro o para evitar en su salud un mal grave y permanente. Sin embargo, el (Minsa) no ha emitido una guía o protocolo de actuación a escala nacional que establezca qué procedimientos seguir y en qué casos los médicos puedan aplicar esta medida.

Pasan los gobiernos, ministros(as) de Salud y nada de protocolo a escala nacional. Esta obligación internacional desde el 2005 no se ha implementado en los gobiernos de , Alan García y Ollanta Humala. Si bien el Minsa cuenta con la “Guía técnica para la atención de la interrupción voluntaria del embarazo menor de 22 semanas con consentimiento informado”, hasta la fecha no lo ha implementado.

En este proceso, tan dilatado en mayo del 2013, se conoció la opinión técnica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que precisa que interrumpir voluntariamente embarazos menores de 22 semanas que ponen en riesgo grave la salud de la madre es constitucionalmente permitido y obligatorio. Además, se destaca que la existencia del protocolo es indispensable para el efectivo ejercicio del derecho de las mujeres a la vida y a la integridad física, que su alcance debe ser nacional y de obligatorio cumplimiento en los hospitales públicos, formando parte de la política de salud del Estado.

El 8 de agosto del 2013, el Quinto Juzgado Constitucional de Lima declaró fundada la demanda de amparo interpuesta por el y otras organizaciones contra el Minsa, por no haber respondido a las solicitudes de información sobre la aprobación del protocolo presentadas del 2007 al 2009. 

Mientras tanto, las mujeres siguen muriendo. En el país solo 17 de los 400 hospitales tienen guías para implementar el aborto terapéutico, el resto no puede actuar sin el respaldo del Minsa. Pese a que no existen casos de médicos procesados por este tema, ya que es legal, los médicos no lo aplican por miedo a ser enjuiciados. 

Según , de mayo a diciembre del 2013, 242 mujeres murieron por causas asociadas al embarazo. De ellas 77 fallecieron por causas indirectas, el 30% de las muertes maternas registradas provino de enfermedad existente desde antes del embarazo o de una patología que evolucionó durante el mismo. Este año ya han fallecido 20 mujeres por muerte materna indirecta. Son 97 muertes que pudieron ser evitadas si hubieran podido acceder, bajo su consentimiento, a un aborto terapéutico.

Anuncio de aprobación, referéndum y Estado laico. La ministra de Salud, , ha anunciado que la guía técnica que regula el aborto terapéutico sería prontamente aprobada. Esperamos que este ofrecimiento sea por fin cumplido.

Porque no se trata de someter los derechos fundamentales de las mujeres, internacional y constitucionalmente reconocidos, a referéndum o votación popular como ha propuesto el cardenal Juan Luis Cipriani, reiterante en la desconsideración del derecho a la salud de las mujeres; se trata de cumplir con una obligación estatal postergada frecuentemente, que afecta gravemente a las mujeres y que reforzaría la vigencia de un Estado laico, tal como es –o debería ser– nuestro país.

EN CONTRA

  1. Julio Rosas / Congresista de la República por la bancada de Fuerza Popular
  2. Por un Perú pro vida

El proyecto del aborto terapéutico no es nada nuevo. Hace más de un década pretende imponerse en el Perú, pese a que nuestra defiende la vida del concebido en su artículo 2.1 (“El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece”). El tratado multilateral de la Convención Americana sobre Derechos Humanos también lo señala (en su artículo 4.1 dice: “Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente”).

No obstante los actores e ideólogos de la muerte aseguran que el artículo 119 del Código Penal otorga derecho a las mujeres para acceder al aborto. Esto es falso. Esta norma tipifica como delito el aborto y hace una distinción sobre algunas situaciones excepcionales donde aplica penas. Lo exime de pena solo cuando la única forma de salvar la vida de la madre o evitar un mal grave y permanente esté presente.

‘Eximir de pena’ no es igual que ‘otorgar un derecho’. Hay otras situaciones en las que el derecho exime de pena y eso no quiere decir que la conducta sea aceptada, promovida o requiera ser reglamentada. Por ejemplo, un robo de menor cuantía. Un protocolo de aborto terapéutico equivaldría a reglamentar el robo de menor cuantía para que lo hagan de manera segura. El hecho de que los abortistas exijan impunidad y un procedimiento legal para el aborto terapéutico equivaldría a que una coalición de delincuentes exija al gobierno un protocolo policial para permitir el robo de menor cuantía.

Como esta propuesta es antigua e insistente, la ha emitido dos informes con las razones técnicas para desestimar la implementación de este protocolo. El segundo precisamente sirvió para derogar una ordenanza regional en Arequipa que lo aprobó.

Los grupos feministas por años promocionaron el artículo 119 del Código Penal como una forma de obtener “abortos legales”. Según me informa la especialista en bioética , esto ha sucedido en algunos hospitales. Por ejemplo, en el San Bartolomé y el Belén en Trujillo. Cuando una congresista pidió a los directores de estos hospitales que explicaran la base legal de estos “promocionados protocolos”, estos “desaparecieron”. 

¿Qué se pretende al aprobar el aborto terapéutico? Sencillo, convertir un acto judicial en un mero trámite administrativo y otorgar “licencia para matar” a un ser inocente.

Hoy el médico tiene la obligación de hacer todo lo posible para salvar ambas vidas. Si en ese proceso algún niño por nacer muere, no sería calificado como un aborto, sino una muerte no deseada. Lo que busca el protocolo es permitir los abortos premeditados, ponerles fecha y hora, lo cual significa asesinar una vida inocente. Con eufemismo pretenden llamarlo derecho de la mujer, obviando que todos somos iguales ante la ley y nadie está por encima.

Además la cláusula final del protocolo dice que también está incluido “cualquier otro problema que pudiera generar un mal grave psíquicamente”. Un niño con podría encajar o cualquier otra interpretación antojadiza. Es decir, tratarán de que todo aborto sea terapéutico. Luchemos por la vida de aquellos niños y niñas por nacer, así como cada lector tuvo la oportunidad de vivir.