Diana Seminario

Con sus últimas decisiones, el Poder Judicial viene marcando la pauta de lo que será el futuro del Ministerio Público. En sus manos se encuentra determinar si vuelve a sus funciones luego de que el 5 de junio se venza el plazo de la suspensión que le impuso la Junta Nacional de Justicia (). Además, el último martes, contraviniendo una resolución del Congreso, dictaminó que la ex fiscal de la Nación Zoraida Ávalos retorne a la Junta de Fiscales Supremos.

En la resolución respecto de la ex fiscal de la Nación, la Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Lima ordenó su reincorporación al Ministerio Público luego de que el Parlamento la destituyera en junio del año pasado.

El Parlamento inhabilitó a Ávalos por infracción constitucional, alegando que suspendió la investigación al entonces presidente Pedro Castillo por los casos Puente Tarata y ascensos en las Fuerzas Armadas y Policía Nacional.

En su momento, Ávalos, como fiscal de la Nación, alegó que a Pedro Castillo recién se le podía investigar cuando hubiera dejado el cargo, invocando el artículo 117 de la Constitución, que advierte que el presidente en ejercicio no puede ser acusado. No dice nada de que no se le pueda investigar. Actualmente existen en marcha investigaciones a Dina Boluarte, siendo presidenta en ejercicio.

Con esta medida, una vez más, el Poder Judicial contraviene una decisión del Congreso de la República, asunto que ya ha sido zanjado por el Tribunal Constitucional en cuanto a que las decisiones del Parlamento son exclusivas y excluyentes; por lo tanto, al Poder Judicial no le corresponde ordenar la reincorporación de Ávalos luego de que el Congreso la destituyera.

Así, mientras se facilita una reincorporación a Zoraida Ávalos, el Poder Judicial también podría impedir el retorno a sus funciones de la suspendida fiscal de la Nación Patricia Benavides cuando el 5 de junio se venza el plazo de suspensión.

Quienes están a favor de que el Poder Judicial impida el retorno de Benavides alegan que ella no podría reincorporarse al Ministerio Público dado que hay una investigación que la coloca como presunta cabeza de una organización criminal.

Mientras para los que se oponen a este pedido de la fiscal Delia Espinoza, el Poder Judicial no puede suspender de su cargo a un funcionario aforado. En el caso del fiscal de la Nación, esta competencia es exclusiva del Congreso y de la JNJ. Para el congresista Alejandro Cavero, si el Poder Judicial suspende a Benavides se daría una “flagrante violación al equilibrio de poderes”.

Estos dos casos nos deben servir para reflexionar sobre el hecho de que la constitucionalidad y la justicia no pueden estar al servicio de intereses políticos, simpatías personales y una encarnizada lucha por el poder. La Constitución, las leyes y el Estado de derecho deben respetarse más allá de cualquier interés subalterno.

*El Comercio abre sus páginas al intercambio de ideas y reflexiones. En este marco plural, el Diario no necesariamente coincide con las opiniones de los articulistas que las firman, aunque siempre las respeta.

Diana Seminario es periodista