Rafael Vela, fiscal superior de lavado de activos, dijo a El Comercio que la investigación que la Oficina Desconcentrada de Control Interno (ODCI) del Ministerio Público inició contra el fiscal provincial Richard David Rojas Gómez, quien indaga a Vladimir Cerrón por presunto lavado de activos, es inconveniente para el trabajo que se lleva a cabo en este despacho.
Richard Rojas Gómez, de la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada de Lavado de Activos, está a cargo de las pesquisas por presunto financiamiento ilícito de la campaña electoral de Perú Libre y de una organización criminal que estaría insertada en el partido político, que buscaría lavar activos. En ella están involucrados Cerrón, secretario general de Perú Libre, y otros dirigentes partidarios. Esta semana, el despacho incluyó en el caso a Richard Fredy Rojas García, operador político de Cerrón, y Bertha Rojas López, madre del fundador del partido oficialista.
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Luego de que El Comercio publicó la nota titulada “Fiscalía incluye a Richard Rojas, propuesto como embajador en Panamá, en el caso de lavado de activos”, la ODCI indica que el fiscal Rojas Gómez habría actuado en contra del Código de Ética del Ministerio Público y cometido infracciones administrativas. Ello porque la publicación habría incorporado elementos del caso, cuya investigación es de “carácter reservado”.
—¿Consideraría esta indagación como un amedrentamiento, debido a que el fiscal Richard Rojas Gómez investiga el caso de presunto lavado de activos de Vladimir Cerrón y dirigentes de Perú Libre?
He tomado conocimiento sobre esto a través de los medios de comunicación, no tengo un conocimiento exacto de los alcances de la investigación. Por tanto, no puedo especular en mis respuestas. Sin embargo, sí está claro que, cuando existen investigaciones de este tipo, el fiscal del caso tiene que distraerse de sus tareas fundamentales, que son las de investigar, para tener que contestar y expresar sus argumentos de defensa. Lo que siempre sorprende es que se inicien investigaciones por la labor que hace el periodismo en general. Plantea una controversia también asociada a la libertad de prensa porque los periodistas tienes sus propias fuentes de información y esto se reduciría a que tendrían que preguntar a los periodistas quiénes son sus fuentes.
—¿Cuál podría ser ese origen distractor de iniciar una investigación a un fiscal a cargo de una indagación compleja?
No puedo especular sobre el origen de una investigación de esta naturaleza, porque nació de oficio. Pero lo que puedo es comentar objetivamente lo que eso significa: que el fiscal tenga que distraerse de sus tareas habituales para tener que responder estas consideraciones y que, finalmente, esto se asocia al trabajo de la prensa.
—¿Se justifica esta investigación? Presumen infracciones en contra del Código de Ética de la fiscalía.
Nosotros hemos venido respondiendo a este tipo de investigaciones con la respuesta que, en principio, no hemos cometido ninguna inconducta funcional, que nuestra relación con la prensa está vinculada a que tenemos que dar información de cuál es el estado de las investigaciones en general y evitar noticias falsas. Nuestro proceder ha estado estrictamente vinculado a nuestras labores y a lo que la ley corresponde. Es verdad también que no hay ninguna tipificación, ni inconducta funcional que esté escrita previamente en la ley de carrera fiscal, que es donde nosotros nos encontramos obligados con nuestras tareas, obligaciones y deberes funcionales. De tal manera que, aparentemente, es una novedad que se haya invocado el Código de Ética del Ministerio Público. En la experiencia como coordinador del sistema de lavado de activos y del equipo especial, para mí es una absoluta novedad.
—¿Es una medida desproporcionada?
En general, no puedo especular. Estamos siempre sujetos a las indagaciones que eventualmente puedan realizar. De cualquier modo, es evidente que es una situación que distrae al fiscal de sus tareas, más en casos de tan alto perfil, como el del presunto financiamiento ilegal del partido Perú Libre y Vladimir Cerrón. Las informaciones que han sido propaladas por la prensa no solo han sido de un medio, sino de varios. Eso plantea la interrogante de que tendrían que preguntarle a cualquier medio de comunicación quién ha sido su fuente de información. Nosotros siempre hemos cumplido con nuestro deber. No hay que olvidar que los procesos penales ahora han dejado de ser secreto para las partes. Todas las personas investigadas tienen el absoluto derecho de contar con cada pieza que exista dentro de las carpetas de investigación. Por tanto, no hay ningún secreto. Las disposiciones fiscales son notificadas a todos los abogados e incluso tienen el derecho de pedir copias. La información ya no es una que esté encapsulada, sino en poder de muchas personas.
—La ODCI indica que se ha incorporado en la publicación elementos de carácter reservado. Eso quiere decir que, al explicar usted que no hay “información encapsulada”, no hay un carácter reservado.
Absolutamente, porque las disposiciones fiscales están notificadas a todos los sujetos investigados y legitimados. Por tanto, la información está en poder muchas personas. Ya el proceso penal ha dejado de tener ese secretismo que antes existía. Ahora la reserva de la investigación es una reserva vinculada a determinados actos y procedimientos que la ley establece. No es información que solo tenga el Ministerio Público. La información que ha sido comunicada es información que ha sido debidamente notificada previamente a las partes y hay muchos sujetos investigados en la carpeta abierta. Las notificaciones formales han sido correctamente diligenciadas. Puede haber surgido de cualquiera que tiene acceso a la información. Por eso los medios de comunicación publican permanentemente piezas procesales.
—La información se publicó también en otros medios y por tratarse de datos a los que tienen acceso varias personas, como comenta, ¿es entonces una medida exagerada contra el fiscal Rojas Gómez?
Para nosotros es absolutamente inconveniente porque distrae al fiscal y, además, planeta siempre especulaciones, que dentro de un debido proceso son no solo distractores, también generan un clima inadecuado dentro del desarrollo de la investigación. Ahora todos pueden especular, incluso aspectos relacionados con intromisión, abuso de facultades o de poder, y eso no es correcto. Como fiscales respondemos objetivamente a que no hemos trasgredido de forma alguna la norma, ni administrativa ni penal que pudiera considerarse. Por eso es que, en este caso, es peculiar que se haya invocado un Código de Ética cuando normalmente se invoca a la ley de carrera judicial o fiscal.
—Usted indica que esta indagación distrae al fiscal Rojas Gómez y, en esa línea, ¿podría haber otro tipo de afectaciones a la solidez o encauzamiento de la investigación?
No debe afectar porque es un fiscal autónomo. Tiene todas las garantías para hacer su trabajo con amplitud. Viene haciendo un trabajo proactivo, está avanzando en la investigación, respetando el derecho a la defensa de las personas investigadas y haciendo todo lo necesario para que se favorezca a la averiguación de la verdad. Sin embargo, este tipo de investigaciones que se inician distraen y tiene que ocupar al fiscal en preocupaciones que, además, tienen que ver con la probabilidad de ser sancionados, que siempre es una consecuencia directa de las investigaciones de las oficinas de Control Interno. Esa es una posibilidad de especular, de que puedan estar instrumentalizadas. [...] Siempre la sanción disciplinaria es una posibilidad, por esa razón siempre hay una amenaza de que esto pueda ser instrumentalizado, que se instrumentalicen los órganos de control para buscar que los fiscales sean sancionados.
—Es decir, hay un riesgo posterior para esta investigación en caso el órgano de control sancione al fiscal.
Sí, además le resta la tranquilidad necesaria al fiscal para seguir investigando sin ningún tipo de condicionamiento, que siempre existen en las investigaciones de esta naturaleza, en la que hay la posibilidad de una sanción disciplinaria, injusta para nosotros porque el fiscal está cumpliendo con su trabajo, respetando los procedimientos.
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El proceso de extradición del expresidente Alejandro Toledo
—El viernes se escucharon los argumentos a favor y en contra de la extradición del expresidente Alejandro Toledo, ¿Cuál es la percepción con la que se quedan tras la audiencia?
Con mucho optimismo. Nosotros conocemos la evidencia que existe dentro de la investigación. Además, de la acusación. Como tal, hemos transmitido toda esa información al Departamento de Estado, Departamento de Justicia de Estados Unidos, que ha logrado también incorporar dentro del cuaderno de extradición todas estas piezas. Confiamos en la solidez de nuestros argumentos, en la solidez del cuaderno de extradición y en la garantía de imparcialidad de los órganos de justicia de Estados Unidos, y del trabajo realizado.
—La defensa del expresidente busca que se desestimen motivos de extradición. Para ello, su abogado Graham Archer dijo que los testimonios de Josef Maiman, Jorge Barata y la acusación fiscal eran contradictorias. ¿Considera que lo expuesto podría inclinar la balanza?
Es un argumento de defensa de Toledo. En Estados Unidos no se va a determinar la culpabilidad de Toledo, solo la causa probable de extradición que está vinculada a que exista evidencia contundente de que Toledo va a ser objeto de un juzgamiento debido en el Perú. Desde ese punto de vista, sabemos y estamos optimistas y con la confianza suficiente de la solidez de nuestra evidencia incorporada. Toledo está cuestionando esos testimonios, pero eso debe hacerlo en el Perú, sometido al debido proceso, que es donde con toda amplitud podrá defenderse. De hecho, ya lo hizo. Su defensa ha tenido la oportunidad de interrogar a ambas personas.
—¿En qué etapa se encuentra este proceso de extradición?
Estamos en la etapa final, donde se debe decidir la certificación de la extradición de Toledo. Luego de que el juez tome la decisión correspondiente, si decide extraditar a Toledo, se certifica la misma y se contacta con las autoridades del Departamento de Estado y de Justicia para su entrega. El señor Toledo siempre tiene la oportunidad de presentar una acción paralela, que es el hábeas corpus, pero es un asunto que no tiene que ver con la decisión federal, sino una decisión de las propias cortes estatales en Estados Unidos. Es una situación atípica, pero que de todas maneras corresponde analizar por parte de la justicia norteamericana.
—¿Hay, en concreto, un tiempo aproximado para que el Perú obtenga la extradición?
El juez federal terminó diciendo que se iba a pronunciar en breve, puede tener múltiples traducciones. Pero dentro de lo que es la experiencia de la litigación en los tribunales norteamericanos, suele ser un breve espacio, asumimos no tardará más de dos semanas. Pero es especulativo, no podemos saber exactamente cuánto tarda.
—¿Posterior a eso Toledo tiene opción de apelar?
La decisión es inapelable, pero puede presentar una acción de hábeas corpus.
—¿Podríamos hablar de un mediano plazo para que Perú obtenga la extradición?
Es difícil pronosticar eso porque depende no solo de los días que tome el juez Hixson. Luego de tomada la decisión, incluso, la defensa puede plantear un acción de hábeas corpus, que puede tomar también un proceso dentro de lo que es la tramitación de la justicia norteamericana. Dependerá también de cuál sea la decisión del juez Hixson y, si su decisión es favorable a los intereses del sistema de justicia peruana, eventualmente qué pueda decidir la defensa de Toledo. Es difícil especular en términos de tiempo.
—No se puede determinar entonces cuándo el expresidente podría encaminarse al país para seguir su proceso.
No existe, pero sí estamos en la última etapa. Por tanto, el escenario de la decisión de la extradición está en su fase final.
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