Adrianzén: Defensa de Perú en Caso Chavín de Huántar fue eficaz
Adrianzén: Defensa de Perú en Caso Chavín de Huántar fue eficaz

El ministro de Justicia, Gustavo Adrianzén, se pronunció sobre la sentencia que dio la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) sobre el Caso Chavín de Huántar y dijo que la defensa legal internacional del Perú "fue cerrada y eficaz".

"La defensa internacional [en el Caso Chavín de Huántar] fue una defensa cerrada y eficaz que permitió, entre otras cosas, llevar a la Corte IDH a la necesidad de realizar por primera vez una diligencia de reconstrucción de los hechos", destacó Adrianzén.

En esa línea, indicó que la responsabilidad parcial que atribuye la sentencia en contra del Estado peruano se refiere, específicamente, a que no investigó con anterioridad el caso de la supuesta ejecución extrajudicial del terrorista Eduardo Cruz Sánchez 'Tito'.

Así, el ministro dijo que la sentencia por el Caso Chavín de Huántar detalla que el Estado peruano deberá abrir un nuevo proceso en ese caso e informar, en un año de plazo, la situación en la que se encuentra.

También, el titular de Justicia destacó que el fallo de la Corte IDH  precisa que resultaba legítimo que el Estado peruano use la fuerza para garantizar la vida de los rehenes.

"La sentencia es enfática en afirmar que la operación fue destinada a la liberación de rehenes. No tuvo, por tanto, como propósito ir a matar delincuentes terroristas", afirmó.

En tal sentido, el ministro también subrayó que la sentencia por el Caso Chavín de Huántar no cuestiona la sentencia del fuero militar policial que archivó definitivamente la acusación contra los comandos por las presuntas ejecuciones extrajudiciales de terroristas.

“La sentencia que declaró el sobreseimiento y el archivo definitivo de la causa. [...] No se puede tocar y la Corte IDH no lo ha hecho en esta sentencia”, manifestó.

Por otro lado, Adrianzén se quejó de los críticos del fallo sobre el Caso Chavín de Huántar, a quienes calificó de "ligeros" por emitir opinión sobre una sentencia de 145 folios al poco tiempo de haberse publicado.

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