Poder Judicial pide al CNM la destitución de cinco magistrados
Poder Judicial pide al CNM la destitución de cinco magistrados
Redacción EC

El presidente del , , solicitó al Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) la destitución de cinco magistrados, entre ellos un ex integrante del Consejo Ejecutivo de este poder del Estado (CEPJ) y tres jueces superiores de Áncash.

Según comunicado de prensa, el pedido ha sido elevado luego de que la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA) culminara los respectivos procedimientos disciplinarios que “establecieron que los investigados incurrieron en presuntas graves irregularidades en el ejercicio de sus funciones”.

Se ha pedido del cargo de Carlos Rodríguez Ramírez,  Betty Tinoco Huayaney y Demetrio Vela Marroquín, por supuestas graves conductas disfuncionales en sus actuaciones como jueces superiores integrantes de la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Ancash.

A ellos se les atribuye haber vulnerado el deber de motivación de resoluciones judiciales al declarar fundada, aparentemente de manera irregular, una demanda de habeas corpus del entonces presidente regional de Ancash, el hoy preso , para no ser investigado por la fiscalía por el Caso “La Centralita”.

Asimismo, se pidió la destitución del ex consejero Luis  Alberto Vásquez Silva, quien en el 2012 se habría reunido con la entonces suspendida alcaldesa de Tocache Corina De la Cruz para ofrecerle ejercer injerencias en causas pendientes de esta persona.

De acuerdo a indagaciones de OCMA, el magistrado le habría solicitado un adelanto de US$5.000 para favorecerla en un proceso judicial, así como en un procedimiento administrativo en el Jurado Nacional de Elecciones, vulnerando así diversos artículos de la Ley de Carrera Judicial.

Finalmente, se propone la destitución de Juan Alfredo Maquera Luque, juez del Segundo Juzgado Civil de la Corte de Tacna, por haber concedido supuestamente de forma no legal una medida cautelar que permitía importar vehículos usados con un año más de antigüedad, sin cumplir los requisitos establecidos por el Decreto Legislativo N° 843, vulnerando las garantías del debido proceso.

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