Ex presidente Alejandro Toledo es acusado junto a su esposa Eliane Karp y otros, por el presunto delito de lavado de activos. (Foto: GEC)
Ex presidente Alejandro Toledo es acusado junto a su esposa Eliane Karp y otros, por el presunto delito de lavado de activos. (Foto: GEC)
Karem Barboza Quiroz

El lunes último, el coordinador del Equipo Especial del Caso Lava Jato, Rafael Vela, presentó la acusación contra el ex presidente por el y solicitó para él 16 años 8 meses de cárcel. La misma pena que para su esposa Eliane Karp.

El requerimiento fiscal fue formulado tras concluir que existen diversos elementos de prueba que corroboran que Toledo y otros personajes también acusados, cometieron el delito de agravado al querer ocultar y transformar presunto dinero ilícito con la compra de bienes inmuebles en nuestro país.

Algunas comparaciones han surgido entre el caso de Alejandro Toledo y la acusación que semanas atrás se presentó contra el ex presidente , para quien la fiscalía solicitó 20 años de prisión y 26 años de cárcel para su esposa Nadine Heredia, por el caso .
Ante ellos, se debe tener en cuenta algunas diferencias entre los casos.

-Es solo por el Caso Ecoteva-

La acusación que se presentó ayer contra Alejandro Toledo, su esposa Eliane Karp y otros, es solo por el denominado Caso Ecoteva, en el que se le procesa por el presunto delito de lavado de activos agravado.

El Caso Ecoteva se procesó bajo el Código Procesal Penal antiguo y tras la acusación pasó a su última etapa que es la del juicio oral. El proceso de juzgamiento dependerá de un tribunal en el que se debatirán los elementos presentados por la fiscalía y por la defensa de los acusados.

Existe un segundo caso contra Toledo Manrique por las presuntas coimas que pagó la empresa constructora Odebrecht que aún se encuentra en la etapa de investigación preparatoria.

En este caso, procesado bajo el Nuevo Código Procesal Penal, el ex presidente también es investigado por el presunto delito de lavado de activos, además de tráfico de influencias y colusión.

-Un solo delito-

Alejandro Toledo, en el Caso Ecoteva, fue procesado solo por el delito de lavado de activos agravado. Por ello, la pena que se solicitó se adecuó únicamente a lo que la norma estipula para ese delito.

La situación del ex presidente Ollanta Humala, acusado por el Caso Odebrecht, es distinta. A él se le procesó con el Nuevo Código Procesal Penal y se le acusó por el delito de lavado de activos agravado bajo concurso real de delitos.

Es decir, se le atribuyó que cometió el mismo delito en dos hechos distintos: Durante la campaña electoral del 2006 y durante la campaña electoral del 2011.

-Casos contra Toledo no podían unificarse-

Las investigaciones fiscales han concluido que el Caso Ecoteva, es la consecuencia del Caso Odebrecht. ¿De qué manera? Pues se sospecha que el dinero con el que se compraron bienes inmuebles en nuestro país (Caso Ecoteva) fue parte de la presunta coima que recibió Toledo de parte de la empresa Odebrecht tras beneficiarlo con las licitaciones de obras públicas (Caso Odebrecht).

Pese a dibujar una sola línea de presunta corrupción y lavado, los casos no se pudieron unificar puesto que el Caso Ecoteva se procesaba bajo un código procesal penal distinto al del Caso Odebrecht. Además, la investigación de Ecoteva estaba más avanzada y en una etapa procesal distinta a la del caso Odebrecht.

-Puede haber juicio oral sin procesados-

Según la abogada penalista Vanessa Valderde, pese a que Alejandro Toledo y Eliane Karp se encuentran prófugos de la justicia (en Estados Unidos), sí es posible iniciar el juicio oral.

Ello, explicó, está facultado en el Artículo 120 del Código Penal antiguo (código con el que se procesa el Caso Ecoteva). “Sí es posible empezar el juicio con cualquier persona que no esté presente, pero siempre y cuando esta persona sepa de la existencia. Por ejemplo, a través de su abogado”, anotó.

No obstante, advirtió que podría ser un juicio “limitado o reconfigurado” cuando se logre la extradición de Toledo Manrique por este caso. Esto, debido a que será la justicia de Estados Unidos la que ponga las pautas de cómo y por qué se le podrá enjuiciar.

El abogado penalista Carlos Caro, también coincidió con Valverde. “Sí es posible empezar el juicio oral. Primero habrá una etapa de control de acusación, pero a diferencia del Nuevo Código, en el viejo código no hay audiencia y esto debe hacerse por escrito”, indicó.

Tras la notificación de los imputados, el tribunal superior debe hacer, de ser el caso, correcciones y luego de ello debe empezar el juicio.

“El juicio oral, conforme a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, de la Corte Suprema y una resolución administrativa del Consejo ejecutivo del Poder Judicial, se pude llevar adelante sin que Toledo esté presente ¿por qué? Porque Toledo no ha estado en indefensión, tiene abogado, conoce el proceso y por tanto el juicio oral se puede llevar con él ausente”, anotó.