Petro-Perú: en manos del MEF, por Carlos Hamann
Petro-Perú: en manos del MEF, por Carlos Hamann
Carlos Hamann

La reorganización y fortalecimiento institucional de Petro-Perú fue una de las cinco materias respecto de las cuales el Congreso delegó facultades legislativas al Ejecutivo. En efecto, la Ley 30506 disponía que se pueda legislar para garantizar la operación segura del Oleoducto Norperuano. Nos toca analizar si el Decreto Legislativo 1292, único en esta materia delegada, atiende los objetivos propuestos.

El plan de gobierno de PPK apenas menciona la necesidad de reordenamiento institucional y modernización integral de Petro-Perú, sin mencionar el oleoducto y dejando pendientes –de forma expresa– la definición de su rol y el tipo de actividades que realizará. Surge la pregunta: ¿Y por qué se decidió pedir facultades para legislar sobre Petro-Perú junto con otras materias que, a simple vista, aparentan mayor urgencia?

Al solicitarse facultades, el país enfrentaba un escenario de reiterados derrames en el oleoducto atribuidos a su falta de mantenimiento, afectando los departamentos de Loreto –principalmente– y Amazonas. Existía entonces un ambiente de creciente indignación, quizá mejor ejemplificado con los 117 días de protesta de la comunidad de Saramurillo. A ello se sumaron, durante la vigencia de las facultades, nuevos derrames originados en atentados contra la citada infraestructura (cerrando el 2016 con 13 derrames, según el OEFA). 

¿Y qué se ha hecho? Se ha exceptuado de las restricciones contenidas en el artículo 6 de la Ley 30130 la inversión necesaria para la adecuada operación del oleoducto.

Esta es la norma que, en diciembre del 2013, autorizó ir adelante con el megaproyecto de modernización de la refinería de Talara y que limita –no impide– nuevas inversiones. Pero lo que no se consideró es que el oleoducto ya estaba exceptuado (MEF mediante) en el mismo artículo 6, desarrollado en el reglamento.

Se le otorga al directorio 24 meses para elaborar un plan de reorganización que incorpore un código de buen gobierno corporativo, e implementar medidas que maximicen el valor de la empresa. No se toma en cuenta, sin embargo, que en el marco de la referida Ley 30130, ya la empresa Wood Mackenzie preparó un plan de reorganización y puesta en valor que se viene implementando y persigue los mismos objetivos. ¿Cuántas veces más queremos refundar Petro-Perú?

En lo que refiere a la exploración de hidrocarburos, Petro-Perú queda peor parado. Ya no se podría utilizar el mecanismo de ‘carry forward’ (el socio asume los costos de exploración correspondientes a Petro-Perú con cargo a descontarlos de la producción futura) que le permitió –pese a la larga resistencia del MEF– participar en el lote 64, hace poco más de un mes. 

Una novedad, a verificarse por el Congreso si encaja dentro de la delegación, es la casi desapercibida Cuarta Disposición Transitoria que modifica el destino del aporte de US$400 millones que debía hacer el Estado para que Petro-Perú participe en el desarrollo del polo petroquímico del sur (Ley 29970). Ahora este aporte se destinará exclusivamente al proyecto de modernización de la refinería de Talara. ¿No estaría mejor destinado ese dinero a la recuperación y sostenibilidad del oleoducto? ¿Estamos abandonando el sueño de la petroquímica?

Por otro lado, una consecuencia directa de los acuerdos de Saramurillo sería la autorización a Petro-Perú para financiar proyectos de inversión pública bajo la modalidad de obras por impuestos, mecanismo que busca atender necesidades concretas de la población en corto tiempo valiéndose de la eficiencia administrativa y reducida burocracia de la empresa privada. Resulta cuando menos interesante que una empresa estatal declarada en reorganización –en tránsito hacia Fonafe– utilice dicho mecanismo. El tema no pasaría de lo anecdótico si no fuera por el volumen de fondos disponibles.

Finalmente, se amplía la discrecionalidad del directorio respecto de la aplicación de las utilidades netas distribuibles, del mecanismo para adquisiciones y contrataciones y de la disposición de bienes muebles e inmuebles. Cabe mencionar que con la incorporación de Petro-Perú al ámbito del Fonafe lo que en la práctica ocurre es que saldrá del Ministerio de Energía y Minas para pasar al MEF, entidad que indirectamente colocará a los directores.

En conclusión, lo que esta norma nos trae es un efectivo debilitamiento de Petro-Perú, así como el predominio –ahora sí manifiesto– del MEF sobre su destino.