Editorial El Comercio

Ayer por la tarde ingresó al la presentada por el Congreso de la República contra el Ejecutivo a raíz de que este último realizó sobre la cuestión de confianza presentada por el ahora expresidente del Consejo de Ministros, Aníbal Torres, el pasado 17 de noviembre y que fue rechazada “de plano” –por improcedente– por la Mesa Directiva del Parlamento una semana después. El pedido incluye además una medida cautelar para evitar que el Gobierno pueda, en caso de que la representación nacional no le otorgue el voto de investidura al Gabinete que lidera , disolver el Legislativo hasta que el TC resuelva el recurso presentado.

No hace mucho, recordemos, este Parlamento sufrió un revés en el TC cuando elevó otra demanda competencial para pedir una “delimitación interpretativa y conceptual” del de la Constitución, aquel que señala las causales por las que se puede acusar al presidente durante su mandato. En aquella ocasión, sin embargo, las críticas que le llovieron al Legislativo, y especialmente a su titular, José Williams, fueron bastantes y versaban sobre el hecho de que el TC no es una instancia sobre problemas hipotéticos, y así lo hizo saber el Tribunal en su decisión, al recordar que “no tiene competencias consultivas, y se pronuncia conforme al Código Procesal Constitucional, en un litigio que cumpla con los requisitos básicos: afectación concreta a las atribuciones de otro poder del Estado e identidades de partes en conflicto”.

En esta ocasión, sin embargo, las perspectivas para el Congreso son bastante mejores. En primer lugar, porque sí hay un documento que sirve como prueba: del Consejo de Ministros del pasado 24 de noviembre. En este queda claro que el Ejecutivo consideró que se negó la primera cuestión de confianza y, en consecuencia, procedió a reestructurar el Gabinete tras la renuncia de Aníbal Torres. Por supuesto, los fundamentos en los que se basó el Gobierno para realizar tal antojadiza interpretación de lo que la ley indica de manera explícita son por demás patéticos. Sin embargo, han dejado constancia de su obstinación de ir a por todas buscando la disolución del Congreso aun cuando no tienen las leyes de su lado y, con ello, le han proveído al Legislativo de la pieza que necesitaba para recurrir al TC.

En segundo lugar, porque la legislación vigente está del lado de los parlamentarios. Como hemos venido recordando por estos días , la Ley 31355, aprobada por esta representación nacional en octubre del año pasado y recusada en su momento por el Ejecutivo ante el TC sin éxito, establece claramente que la única manera de dar por aprobada o rechazada una cuestión de confianza es mediante la votación en el pleno del Congreso. Y eso sencillamente no ha ocurrido en esta oportunidad.

Consecuentes en su empeño de tratar de confundir a la ciudadanía, desde el Ejecutivo ahora intentan esparcir el bulo de que si el Congreso ha decidido acudir al TC es porque la ley no está clara. Así lo ha sostenido, por ejemplo, uno de los ministros más vocingleros del régimen, el titular de Trabajo, Alejandro Salas. “Si [los congresistas] recurren al Tribunal Constitucional es porque en la jerarquía legal , le corresponde al Gobierno responder con el procurador”, le dijo a TV Perú.

Pero es evidente que si esta situación ha llegado hasta el TC, que una vez más tiene que fungir como árbitro en un choque entre dos poderes del Estado con la amenaza de la disolución pendiendo sobre uno de ellos, eso no se debe a que la ley no esté clara, sino más bien a la obcecación del Ejecutivo en interpretarla de una manera arbitraria –y, añadimos, claramente ilegal– en su afán de cerrar el Parlamento antes de que las investigaciones en su contra sigan avanzando y deteniendo a quienes hasta hace poco eran sus colaboradores más cercanos (o se vanagloriaban de serlo). Y esa es una circunstancia que no se debe pasar por alto.

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