Más de lo mismo, por Aníbal Quiroga León
Más de lo mismo, por Aníbal Quiroga León
Anibal Quiroga

Ante el repudio nacional casi unánime, las azoradas autoras de la mayoría congresal del proyecto de ley 1027/2016-CR, que fuera sustentado ante la Comisión de Constitución y Reglamento, han tenido que recular. Han dado marcha atrás y lo han retirado, pero como llevan en una tozudez autoritaria lo han reingresado sustancialmente modificado: ya no tiene la alegada veeduría pública inserta en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (del Poder Ejecutivo) ni la proscripción por la sola investigación del Ministerio Público; solo ha quedado la parte referida a sentencias condenatorias por corrupción.

El proyecto vergonzantemente reformulado sigue siendo pomposo y grandilocuente, y de abundante adjetivación. En su artículo 1 se lee “Objeto de la ley.- Adoptar medidas destinadas a garantizar el derecho a la información objetiva, veraz, plural y oportuna de la sociedad y fortalecer el ejercicio de la libertad de expresión de los medios de comunicación y de la sociedad civil, legítimamente representada. Evitar la influencia en contenido y línea editorial, entre otros conceptos análogos, como resultado de la interferencia de los actos de corrupción de titulares o terceros vinculados a medios de comunicación, cautelando la libertad de expresión y el derecho de información de los ciudadanos”.

Como los ciudadanos somos tintos, necesitamos que el Estado, por medio de una ley del Congreso, sea el guardián de nuestros derechos a la libertad de expresión e información. ¿En verdad esto le corresponde al Estado, o será más bien que el Estado debe respetar el libre ejercicio de esos dos derechos? Ese es un importante matiz conceptual.

¿Por qué una ley del Congreso debe ser la guardiana de que la información sea objetiva, veraz, plural y oportuna de la sociedad (sic), so pretexto de fortalecer el ejercicio de la libertad de expresión en los medios de comunicación y de la sociedad civil legítimamente representada? ¿Cuál sería una representación ilegítima? Al margen del galimatías, no se entiende quién es el llamado a representar legítimamente a la sociedad civil ni ante quién lo haría.

En sus dos incisos del artículo 2 se proscribe que los directores periodísticos, editores, productores o de cargos análogos con responsabilidad en la línea editorial de un medio de comunicación ejerzan esos cargos cuando haya sido pasibles de condena firme por delito de corrupción. También se prohíbe que el presidente del directorio, los directores o accionistas, gerente general o apoderados de un medio de comunicación puedan ejercer esos cargos o tengan esa titularidad (ser accionista no es un cargo, es ser titular de una alícuota del capital social) si es que han recibido sentencia firme por delito de corrupción.

Por supuesto que este proyecto, además de no contemplar figuras delictivas también muy graves para la sociedad (violación, pedofilia, homicidio o terrorismo), viola flagrantemente el derecho constitucional a la libertad de información y a la libertad de prensa, como bien lo ha apuntado la Defensoría del Pueblo.

¿Por qué la abrumadora mayoría congresal, que es oposición al gobierno, pretendería suicidarse con una norma de esta laya? Es difícil de entender, pero parece altamente improbable que una norma de esta factura sea finalmente aprobada por el Congreso. Y si lo fuera, sería prontamente fulminada por el Tribunal Constitucional, que para eso está.

La explicación quizás la podamos encontrar en una fábula del sapo y el alacrán atribuida a Esopo. Lo llevan en el espíritu. Es consustancial a su naturaleza política. En efecto, parece haber un ADN autoritario en la formulación de una norma así. ¿Por qué plantearla justo ahora? No han logrado desprenderse de esa pulsión autodestructiva de las principales libertades. Pese a su aplastante mayoría no han evolucionado hacia un desarrollo democrático sustancialmente superior a aquel que recibieron como impronta en su nacimiento y desarrollo político en la historia reciente.